El Cabildo obró de forma correcta en la tramitación y autorización

Desestimado el recurso de Aetur contra la autorización de la guagua turística ‘Lanzarote Visión’

Del informe jurídico se desprende que el Cabildo obró de forma correcta en la tramitación del expediente y autorización a la mercantil Hotelbeds Products, S.L.U para la puesta en marcha de la guagua turística.

Desestimado el recurso de Aetur contra la autorización de la guagua turística ‘Lanzarote Visión’

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 6 de Las Palmas ha la razón al Cabildo de Lanzarote, al desestimar el recurso interpuesto por la Federación de Empresarios Turísticos de Lanzarote (AETUR) contra la autorización, otorgada en 2012, por el Consejo de Gobierno del Cabildo a la mercantil Hotelbeds Products, S.L.U, para la puesta en marcha de la guagua turística del touroperador TUI, denominada 'Lanzarote Vision’.

El Cabildo de Lanzarote, a través de un acuerdo de su Consejo de Gobierno de fecha 23 de marzo de 2012, otorgó a dicha empresa una concesión de cinco años para la “realización de un transporte discrecional turístico con reiteración de itinerario y carácter periódico o reiteración de calendario” que uniría diferentes puntos turísticos de la isla, en concreto los Centros de Arte, Cultura y Turismo y otros puntos de interés, con una serie de paradas ubicadas por el sur y el norte de la isla.
 
Esta concesión estaba supeditada a que Cabildo comprobara el cumplimiento de una serie de requisitos solicitados con carácter previo, mediante otro acuerdo del Consejo de Gobierno de septiembre de 2010. Comprobados los mismos, el Consejo de Gobierno finalmente otorgó -en base al correspondiente informe jurídico- la concesión del servicio por cinco años para que el producto operado por TUI pudiera comenzar a funcionar en la isla de Lanzarote.
 
Desde el Cabildo de Lanzarote se consideró que el recurso de AETUR debía ser “inadmitido” por considerar que la concesión otorgada en acto administrativo estaba “ajustada a derecho” y cumplía con los requisitos solicitados en 2010 para conceder dicha autorización.
 
En conclusión, la empresa solicitante presentó una “nueva formulación de la comunicación y documentos”, tanto por parte de ella como de la empresa transportista, aportando copia de las tarjetas de transporte nacional para vehículos de más de 17 plazas, para poder prestar el servicio a través de varios vehículos, y el contrato firmado entre ambas empresas para este transporte discrecional turístico.
 
Así mismo, también acreditó que el servicio ofertado sería inferior a ocho horas, que la oferta se realizaría a diversas agencias y visitas a centros de interés cultural de la isla y a diferentes pueblos de Lanzarote y, entre otros requerimientos exigidos para cumplir con la autorización, que contaría con información y guías a bordo de las guaguas.
 
Del informe jurídico se desprende que el Cabildo de Lanzarote obró de forma correcta en la tramitación del expediente y autorización a la mercantil Hotelbeds Products, S.L.U, ya que esta acreditó los requisitos de autorización necesarios para que el Consejo de Gobierno dictase el acuerdo de concesión del servicio que luego sería impugnado por Aetur (y desestimado  por los tribunales).

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