SANIDAD

Lanzarote supera la media regional de incidencia acumulada a siete días por casos de Covid

La Consejería de Sanidad destaca que la Incidencia Acumulada a los 7 días en Canarias se sitúa en 43,89 casos por cada 100.000 habitamtes  mientras que en Lanzarote es de 50,6
Lanzarote supera la media regional de incidencia acumulada a siete días por casos de Covid

La Incidencia Acumulada (IA) a los 7 días en Canarias se sitúa en 43,89 casos de Covid-19 por cada 100.000 habitantes, casi siete puntos que la que se registra en Lanzarote que está en los 50,06 casos. En cambio si analizamos la IA a los 14 días, la situación en Lanzarote es mucho más favorable ya que en Canarias se sitúa en los 100,6 casos por los 88,57 de Lanzarote por 100.000 habitantes. 
 
El dato positivo es que en Lanzarote la denominada línea roja de los 50 casos por cada 100.000 está a punto de lograrse si analizamos los últimos siete días. De hecho, en apenas un día se ha pasado de los 53,27 casos a los 50, 06 de este domingo. 
 
La Consejería de Sanidad del Gobierno de Canarias registra hoy 117 nuevos casos de coronavirus COVID-19. El total de casos acumulados en Canarias es de 52.838 con 3.553 activos, de los cuales 72 están ingresados en UCI y 257 permanecen hospitalizados. En las últimas horas no se ha notificado ningún fallecimiento en Canarias por COVID-19. 
 
Lanzarote suma cinco nuevos casos con 4.967 acumulados y 114 activos epidemiológicamente; Fuerteventura registra dos nuevos casos, por lo que tiene 2.258 acumulados y 54 activos. La Palma no suma nuevos casos, manteniéndose en los 531 acumulados y 34 activos; El Hierro registra seis nuevos casos, por lo que sus acumulados son 362 y sus activos 24. Por último, La Gomera no suma nuevos casos, por lo que sus acumulados son 228 y cuenta con un activo.
 
Tenerife suma hoy 65 casos con un total de 22.812 casos acumulados y 2.308 casos activos epidemiológicamente; Gran Canaria suma 39 casos y cuenta con 21.679 acumulados y 1.018 activos 
 
Hasta hoy se ha realizado un total de 1.056.655 pruebas PCR en las Islas, de las que 2.434 se corresponden a las últimas 24 horas.

Sanidad regula los requisitos para los viajes interinsulares

El Servicio Canario de la Salud ha determinado las condiciones y requisitos que regularán los viajes interinsulares, tanto aéreos como marítimos, que afecten a las islas que estén en nivel de alerta 3 o 4 y mientras perdure el nivel 3 o 4 en las islas afectadas por el desplazamiento. Esta resolución indica que, si el viaje no está sujeto a alguna de las exclusiones recogidas en la norma, se podrá entrar o salir de islas que estén en nivel 3 y 4 presentando una prueba diagnóstica de infección activa (PDIA) negativa realizada en las 72 horas previas a la llegada al destino.
 
La PDIA no se exigirá a las personas que no hayan cumplido aún los 6 años. Las pruebas diagnósticas de infección activa admitidas son PCR, test de antígenos, TMA y otras pruebas basadas en técnicas moleculares equivalentes: LAMP (Amplificación Isotérmica de Transcriptasa inversa) o NAAT (Amplificación de Ácidos Nucleicos).
 
La documentación acreditativa de la prueba deberá ser el original, redactada en español y será válida tanto en formato papel como electrónico. El documento contendrá, al menos, los siguientes datos: nombre y apellidos del viajero, número de documento de identidad, fecha de realización de la prueba, identificación y datos de contacto del centro sanitario autorizado que realiza la prueba y técnica empleada y resultado negativo de la prueba. En el supuesto de pruebas de antígenos deberá reflejar, asimismo, la especificidad y sensibilidad homologada.
 
Esta PDIA no tendrá la consideración de prestación sanitaria del sistema sanitario público, por lo que no será realizada por el SCS en sus centros propios o concertados. No obstante, deberán realizarse en centros, servicios y establecimientos sanitarios con capacidad diagnóstica para la realización de las pruebas de detección de COVID-19.
 
Exclusiones
 
Los viajes interinsulares entre islas en nivel de alerta 3 o 4 estarán permitidos, sin necesidad de presentar PDIA negativa, siempre que se ajusten a estos supuestos debidamente acreditados:
 
-Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios.
 
-Cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales, empresariales, institucionales o legales.
 
-Asistencia a centros universitarios, docentes y educativos, incluidas las escuelas de educación infantil, así como a academias de idiomas y de refuerzo educativo de asignaturas incluidas en planes de estudios de educación reglada, conservatorios y escuelas de música, o para la preparación de procesos selectivos en academias o centros de formación.
 
-Retorno al lugar de residencia habitual o familiar.
 
-Asistencia y cuidado de mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.
 
-Desplazamiento a entidades financieras y de seguros o estaciones de repostaje en territorios limítrofes.
 
-Actuaciones requeridas o urgentes ante los órganos públicos, judiciales o notariales.
 
-Renovaciones de permisos y documentación oficial.
 
-Realización de exámenes o pruebas oficiales.
 
-Asistencia y cuidado de animales domésticos o explotaciones agropecuarias.
 
-Entrenamientos o competiciones profesionales o federados de ámbito nacional o internacional.
 
-Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
 
-Cualquier otra actividad de análoga naturaleza, debidamente acreditada.
 
Además, esta medida no afectará a los viajes que se realicen por alguno de estos motivos:
 
-Desplazamientos con origen o destino en el extranjero, que se regirán por su normativa específica.
 
-Desplazamientos con origen o destino en el resto del territorio nacional, que se regirán por su normativa específica.
 
-Circulación en tránsito a través de los ámbitos territoriales señalados en los dos apartados anteriores.
 
-Desplazamientos entre islas que no se encuentren en niveles de alerta 3 o 4 aunque deban hacer escala en una isla que sí se encuentre en nivel de alerta 3 o 4.
 
-Desplazamientos entre las islas de La Graciosa y Lanzarote.
 
La resolución también recoge que se permitirá viajar entre islas que se encuentren, alguna o ambas, en nivel de alerta 3 o 4, a aquellas personas procedentes de fuera del Canarias que acrediten una reserva en un establecimiento turístico de alojamiento inscrito en el Registro general turístico de la Comunidad Autónoma de Canarias y estén sujetos al régimen de control de salud pública en la admisión a un establecimiento alojativo.

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