Top Secret, 20 de septiembre de 2019

Jauja

Jauja

¿Qué abogado fue contratado por el ayuntamiento de Arrecife mediante lo que se denomina un contrato menor -hasta 18.000 euros a percibir- y a cuánto asciende la factura presentada por el abogado? ¿Para qué se le contrató? Tómense cinco minutos de su tiempo, si son tan amables. Hay que remontarse a 2011. El 4 de agosto de aquel año se firma un decreto -el 86/2011- por medio del cual se designa a Felipe Fernández Camero como letrado del Ayuntamiento de Arrecife en la reclamación económica de una particular por el solar de Ginory. El vínculo contractual es mediante un contrato menor por lo que el precio del servicio en modo alguno podría superar el límite legal establecido para dicho contrato, cifrado en ese momento en 18.000 euros. El abogado, por tanto, debía defender al ayuntamiento en ese pleito y cobrar, como mucho, ese dinero. Sin embargo, en junio de 2019, ocho años después, llega una reclamación judicial al ayuntamiento por un importe de 277.523 euros que se corresponde con la representación del ayuntamiento en el Procedimiento Ordinario SEG nº271/2011, seguido ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº3 de reclamando el abono del justiprecio fijado por el Jurado Provincial de Expropiación Forzosa en Acuerdo de 22- 6-2010 correspondiente al solar de Ginory.

Ni la olieron

Resulta que el 14 de noviembre de 2018 se emite una Diligencia por parte del juzgado donde se comunica al ayuntamiento la reclamación de Fernández Camero y se adjunta una factura de una mercantil llamada Adelfas 24 S.L. reclamando esa cantidad superior a los 277 mil euros y dando al ayuntamiento diez días de plazo para pagar o para impugnar. Obviamente esos diez días de plazo habían terminado siete meses antes. Todo lo explicado hasta ahora se corresponde con lo debatido en una Junta de Gobierno del ayuntamiento de Arrecife, celebrada el 7 de junio de 2019 y presidida por la exalcaldesa Eva de Anta, y a la que asistieron, además, los concejales Manuel Hernández Noda, José Tomás Fajardo Fajardo, María Isabel Mesa Mesa y María Inodelvia Torres Santacruz. Asistidos por la Secretaria municipal y dos técnicas. Y allí se dijo que de haber tenido conocimiento la alcaldía de la existencia de la reclamación judicial de honorarios referida “habría ordenado impugnar la misma por resultar manifiestamente improcedente y absolutamente desproporcionada la cantidad reclamada”. ¿Por qué?

Al Juzgado

En la reunión se explicó que los honorarios fueron reclamados por Fernández Camero directamente ante el Juzgado sin haber formulado la preceptiva reclamación previa al ayuntamiento, “lo que debió conducir de plano al rechazo total de dicha reclamación”. Si pasa la factura al ayuntamiento, probablemente intervención o secretaría hubiesen advertido de la anomalía. Recordemos el contrato que vinculaba a las partes y que no podía superar los 18.000 euros. Pero hay más. La factura que se reclama en el importe señalado tampoco la gira el abogado, que es la única persona con la que tiene relación contractual el ayuntamiento, sino que la reclama una persona jurídica con la que la corporación no tiene relación alguna. Y por unanimidad de los concejales asistentes se aprueba que por el Interventor y por la Secretaria, se emita informe sobre la adecuación a derecho de la cantidad reclamada por el letrado y sobre las actuaciones necesarias a fin de evitar el “grave perjuicio económico” que podría padecer el ayuntamiento en el caso de que tuviese que hacerse efectivo el pago de la famosa factura y la indefensión padecida por este, digamos, incidente. Y como estamos a las puertas del fin de semana y no tenemos ya más ganas de trabajar, proponemos que sean ustedes los que busquen a ver quién gobernaba el 4 de agosto de 2011 -fecha en que se contrató a Camero- y quien recibía las diligencias judiciales en noviembre de 2018.

Comentarios