MEDIO AMBIENTE

Investigadas 6 personas y denunciadas penalmente dos empresas por extracción de jable

Se trata de actuaciones en un suelo rústico de protección paisajística y se concluye que están expresamente prohibidas las actividades extractivas, no siendo compatibles con el planeamiento vigente, apunta la Guardia Civil

Investigadas 6 personas y denunciadas penalmente dos empresas por extracción de jable

El Destacamento del SEPRONA de Lanzarote ha procedido a la investigación de dos empresas y seis personas, por un delito contra los recursos naturales y el medio ambiente. Además, también se procedió a levantar acta de denuncia a 23 personas y 13 empresas que fueron ser sorprendidas por la Guardia Civil realizando extracción de áridos.

En las primeras actuaciones policiales, los hechos fueron puestos en conocimiento, por la Guardia Civil, ante la Agencia Natural de Protección del Medio Rural de Canarias, al objeto de solicitar información sobre las autorizaciones para extracción de áridos de estas tres personas.

Estas extracciones, repetitivas a lo largo de año 2020 y 2021 estaban a la espera de respuesta sobre la catalogación del suelo, tratándose finalmente de un suelo rústico de protección paisajística y se concluye que están expresamente prohibidas las actividades extractivas, no siendo compatibles con el planeamiento vigente.

Una de las parcela donde se produjo la extracción de jable, se encuentra situada dentro de la Zona de Especial Protección para la Aves (ZEPA) ES0000040 Islotes del Norte y Famara, perteneciente a la Red Natura 2000, figura de protección europea, hábitat de la hubara canaria (Chlamydotis undulata), ave que se encuentra en peligro de extinción. 

Según el código penal estos hechos son constitutivos de delito cuando contraviniendo las leyes u otras disposiciones de carácter general protectoras del medio ambiente, realice directa o indirectamente extracciones o excavaciones en el suelo, por sí mismos o conjuntamente con otros, cause o pueda causar daños sustanciales a la calidad del aire, del suelo o de las aguas, o a animales o plantas. Si las anteriores conductas, por sí mismas o conjuntamente con otras, pudieran perjudicar gravemente el equilibrio de los sistemas naturales, se impondrá una pena de prisión de dos a cinco años, multa de ocho a veinticuatro meses e inhabilitación especial para profesión u oficio por tiempo de uno a tres años.

Además se da la circunstancia de que algunos de los investigados también han sido denunciados administrativamente por realizar extracciones de áridos sin las autorizaciones preceptivas en suelo minero.

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