YAIZA

Se abre el plazo para el pago del IBI y Actividades Económicas en Yaiza

El Ayuntamiento de Yaiza ha abierto el periodo de pago del Impuesto sobre Bienes Inmuebles Urbanos, Impuesto sobre Bienes Inmuebles Rústicos e Impuesto sobre Actividades Económicas.

Se abre el plazo para el pago del IBI y Actividades Económicas en Yaiza

El Ayuntamiento de Yaiza informa que ha abierto el periodo de pago del Impuesto sobre Bienes Inmuebles Urbanos, Impuesto sobre Bienes Inmuebles Rústicos e Impuesto sobre Actividades Económicas, todos correspondientes al ejercicio 2019, con abono voluntario y sin recargo entre el jueves 1 de agosto y el jueves 31 de octubre, ambos inclusive. La Administración recuerda que hay facilidades para el fraccionamiento de los impuestos de cobro municipal tramitando la solicitud pertinente y aportando la documentación requerida.

Los ciudadanos pueden realizar los abonos mediante domiciliación bancaria (con plazo para solicitarla hasta el 19 de agosto); también ingresando en efectivo en cuenta del Ayuntamiento, acompañado el ingreso de la correspondiente carta de pago; a través de transferencia a la cuenta bancaria señalada en los documentos de pago indicando el número de recibo; tarjeta de crédito en las dependencias de Recaudación Municipal situada en el pueblo de Yaiza; presentación de carta de pago en las entidades colaboradoras Bankia, Banco Santander o Caixa; o mediante la pasarela de pagos online disponible en www.yaiza.es.

Transcurrido el periodo voluntario de pago, se exigirán las deudas por el procedimiento de apremio y se devengarán los recargos del periodo ejecutivo correspondientes, los intereses de demora, y en su caso, las costas que se produzcan.

Según señala el Ayuntamiento, el año pasado, El gobierno municipal de Yaiza, bajó el tipo impositivo del IBI para 2019 sin poner en riesgo la estabilidad presupuestaria de la Institución, y, se aprobaron además varias bonificaciones para paliar la carga tributaria a más de 14.000 contribuyentes, entre ellas, la bonificación del 60 por ciento a los vecinos que ostenten la condición de familia numerosa y bonificación del 50 por ciento de la cuota íntegra del impuesto para las viviendas residenciales con aprovechamiento de energía solar.

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