Circulación
Arrecife saca a consulta pública las nuevas ordenanzas para circular en patinete eléctrico
29 de abril de 2026 (17:17 h.)
No podrán circular aquellos vehículos manipulados para alterar sus prestaciones, los que carezcan de los elementos exigidos o los que superen la velocidad máxima legal de 25 kilómetros por hora, indica la nota
El Ayuntamiento de Arrecife ha sacado a consulta pública durante veinte días las nuevas ordenanzas que regulan la circulación y estacionamiento de patinetas eléctricas en el municipio de Arrecife, según ha informado este miércoles en un comunicado.
El borrador, publicado en la sede electrónica del Ayuntamiento, contiene 28 artículos en los que se establece que en estos vehículos solo podrán circular personas mayores de 16 años de edad, entre otras cuestiones.
Los vehículos deberán cumplir las condiciones técnicas exigidas por la normativa estatal vigente, disponer de sistemas de frenado eficaces, alumbrado delantero y trasero cuando sea exigible, elementos reflectantes y dispositivo acústico.
No podrán circular aquellos vehículos manipulados para alterar sus prestaciones, los que carezcan de los elementos exigidos o los que superen la velocidad máxima legal de 25 kilómetros por hora, indica la nota.
Las patinetas también deberán estar certificadas, identificadas, registradas y con seguro, disponer del certificado de circulación, identificación visible, inscripción registral y seguro obligatorio cuando así lo exija la normativa estatal vigente.
El usuario o titular tendrá que acreditar ante los agentes de la autoridad la concurrencia de los requisitos legalmente exigibles, por medios físicos o electrónicos.
Los vehículos no certificados solo podrán circular dentro del régimen transitorio previsto por la normativa estatal aplicable, refiere el comunicado.
También se recogen las vías y zonas prohibidas para poder circular y que deberán estacionarse en lugares específicamente habilitados.
El artículo 20 faculta a la Policía Local para la inmovilización y retirada de patinetas de la circulación, cuando obstaculicen gravemente el paso peatonal o la accesibilidad, se encuentren estacionados en lugar prohibido generando riesgo, existan indicios de manipulación peligrosa o el vehículo no reúna condiciones mínimas para circular, detalla la nota.
El borrador, publicado en la sede electrónica del Ayuntamiento, contiene 28 artículos en los que se establece que en estos vehículos solo podrán circular personas mayores de 16 años de edad, entre otras cuestiones.
Los vehículos deberán cumplir las condiciones técnicas exigidas por la normativa estatal vigente, disponer de sistemas de frenado eficaces, alumbrado delantero y trasero cuando sea exigible, elementos reflectantes y dispositivo acústico.
No podrán circular aquellos vehículos manipulados para alterar sus prestaciones, los que carezcan de los elementos exigidos o los que superen la velocidad máxima legal de 25 kilómetros por hora, indica la nota.
Las patinetas también deberán estar certificadas, identificadas, registradas y con seguro, disponer del certificado de circulación, identificación visible, inscripción registral y seguro obligatorio cuando así lo exija la normativa estatal vigente.
El usuario o titular tendrá que acreditar ante los agentes de la autoridad la concurrencia de los requisitos legalmente exigibles, por medios físicos o electrónicos.
Los vehículos no certificados solo podrán circular dentro del régimen transitorio previsto por la normativa estatal aplicable, refiere el comunicado.
También se recogen las vías y zonas prohibidas para poder circular y que deberán estacionarse en lugares específicamente habilitados.
El artículo 20 faculta a la Policía Local para la inmovilización y retirada de patinetas de la circulación, cuando obstaculicen gravemente el paso peatonal o la accesibilidad, se encuentren estacionados en lugar prohibido generando riesgo, existan indicios de manipulación peligrosa o el vehículo no reúna condiciones mínimas para circular, detalla la nota.