El medio millón de euros en ayudas para empresarios y autónomos de Teguise está cada vez más cerca

Reunión Teguise
Reunión Teguise

El Ayuntamiento abrirá el procedimiento para la recepción de documentación de los solicitantes una vez cumplidos los plazos administrativos

El medio millón de euros en ayudas para empresarios y autónomos de Teguise está cada vez más cerca

El Ayuntamiento de Teguise activará el proceso iniciado para conceder ayudas económicas a empresarios/as y autónomos/as, una vez examinadas y resueltas las alegaciones presentadas a la Ordenanza Reguladora de la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva dirigidas a la mejora de la competitividad del comercio minorista, el sector de la restauración y los servicios personales del municipio de Teguise. 

En el próximo pleno municipal, que se celebrará el lunes 1 de agosto, el grupo de Gobierno presentará al resto de la Corporación la propuesta de redacción definitiva de la citada ordenanza, gracias a la cual se otorgarán las distintas ayudas que se soliciten por un importe total de 500 mil euros.

El Ayuntamiento da así por concluido el procedimiento técnico administrativo pertinente tras satisfacer las alegaciones presentadas por la Federación Internacional de la Pyme (Felapyme), la Cámara de Comercio de Lanzarote y la Federación Turística de Lanzarote, así como de un particular del municipio. 

“Agradecemos al equipo municipal y a los interesados en recibir las ayudas, todas la aportaciones que han hecho para que esta ordenanza sea lo más ajustada a la realidad posible”, ha expresado el alcalde de Teguise, Oswaldo Betancort, que recalca que “el objeto de la presente ordenanza es la regulación de la concesión de subvenciones dirigidas a las personas trabajadoras autónomas y a las empresas afectadas por las consecuencias económicas derivadas de la crisis provocada por el COVID-19, para permitir el mantenimiento de su actividad y la continuidad de los negocios que han sufrido y están sufriendo las consecuencias de una situación de carácter excepcional, sobrevenida y de ámbito mundial”.

En este sentido, las ayudas que se contemplan en esta Ordenanza se dirigen a apoyar autónomos/as, profesionales y pequeñas empresas con menos de 50 trabajadores, incluidas las comunidades de bienes, así como cualquier otra forma de organización de la actividad empresarial reconocida en la normativa vigente, y que desarrollen su actividad empresarial y tengan su domicilio social o al menos un centro de trabajo situado en el término municipal de Teguise. La finalidad de estas subvenciones es el apoyo a las personas trabajadoras autónomas del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) y a las pequeñas empresas, para la financiación de los gastos generados desde el día de la declaración del estado de alarma hasta la fecha de finalización del plazo para la presentación de solicitudes de la presente convocatoria.

Procedimiento de concesión y gastos subvencionables

El procedimiento de concesión será en régimen de concurrencia competitiva conforme a lo establecido en el artículo 22.1 la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y se sujetará a los principios de publicidad, concurrencia, transparencia, objetividad, igualdad y no discriminación, así como la eficacia en el cumplimiento de objetivos y eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos según Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. 

Se considerarán gastos subvencionables a efectos de la presente convocatoria, siempre que los mismos correspondan a la actividad desarrollada en el municipio de Teguise, los derivados de: alquiler del local de negocio, suministro eléctrico, agua, gas y otros gastos de comunicación (teléfono, correo, cuota de internet, mensajería y similares), pago de cuotas a la Seguridad Social del autónomo/a o autónomo/a societario/a o autónomo/a colaborador; gastos relacionados con la transformación digital de los negocios relativos a alquiler o compra de equipos informáticos y software destinado directamente a la actividad desarrollada; eventos, proyectos o actividades de estímulo o promoción, como publicidad impresa o campañas publicitarias; gastos derivados de la contratación de servicios externos tales como gestoría, asesoría, consultoría y suministros motivados por la gestión del Covid como compra de mascarillas, equipos de protección, test, mascarillas o suministro de gel hidroalcohólico; otros gastos corrientes como mantenimiento, limpieza, seguridad o cualquier otro tipo de gasto corriente necesario para el desarrollo de la actividad de negocio. 

Serán también subvencionables aquellos sectores y actividades que se hayan visto perjudicados por la declaración del estado de alarma y que, como consecuencia de esta situación, hayan visto cerrados sus centros de trabajo o reducida de manera significativa su actividad. 

Las personas jurídicas interesadas, presentarán la solicitud vía telemática a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Teguise, y en el caso de personas físicas, podrán presentar la solicitud vía telemática, según artículo 14.1 de la Ley 39/2015 a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Teguise, a través del registro municipal o por cualquier otro medio establecido conforme al artículo 16 de la Ley 39/2015. Para la presentación de las solicitudes podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de firma admitidos conforme al artículo 10 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y que sean admitidos por la sede electrónica del Ayuntamiento de Teguise. 

Las solicitudes se presentarán obligatoriamente a través del formulario específico habilitado al respecto, conforme artículo 66.6 de la LPAC, que estará a disposición de los interesados en la página web municipal y como anexo de la presente convocatoria.

Comentarios