Clasificación sin competencia

El Cabildo traslada a Óscar Noda el "carácter rústico" del suelo de Playa Quemada

Vista de Playa Quemada
Jesús Machín, consejero de Ordenación del Territorio: “La clasificación del suelo es competencia municipal, por tanto del alcalde de Yaiza, debería conocer que es rústico sin discusión alguna”

El Cabildo de Lanzarote, a través del Área de Ordenación del Territorio, ha remitido contestación formal al Ayuntamiento de Yaiza en relación con la solicitud sobre el suelo vinculado al extinto Plan Parcial Costa Playa Quemada, estableciendo el marco legal, competencial y jurídico que afecta a este ámbito.

En su respuesta, el consejero de Ordenación del Territorio, Jesús Machín, señala que actualmente no existe expediente administrativo en la Institución insular relativo a dicho suelo, precisando además que la emisión de un informe jurídico sobre la situación urbanística corresponde al ayuntamiento sureño, como administración competente en materia de clasificación y calificación del suelo.

Asimismo, recoge en su contestación que el requerimiento judicial recibido en 2023 para determinar si los terrenos eran rústicos o urbanizables no fue trasladado en su momento al área competente, por lo que no llegó a emitirse informe, circunstancia que forma parte de los antecedentes del expediente.

El presidente del Cabildo de Lanzarote, Oswaldo Betancort, señala que “la ordenación del territorio exige rigor jurídico, claridad competencial y seguridad para las administraciones y para la ciudadanía. La respuesta remitida al Ayuntamiento sitúa este asunto en el marco normativo y en los antecedentes reales del expediente”.

Por su parte, Machín explica que “la legislación urbanística establece con claridad que la clasificación del suelo corresponde al Ayuntamiento. La situación del ámbito debe analizarse con base técnica, conforme a la normativa vigente y a los pronunciamientos judiciales existentes”.

El consejero añade que “plantear escenarios ajenos al marco jurídico actual podría generar expectativas sin fundamento o cargas indebidas para las administraciones públicas, por lo que procede actuar con seguridad jurídica”. Además, expone que “la clasificación del suelo es competencia municipal, por tanto del alcalde de Yaiza, debería conocer que es rústico sin discusión alguna”.

La respuesta institucional explica que, conforme a la normativa y a los antecedentes judiciales existentes, el suelo presenta apariencia de suelo rústico, al tratarse de un planeamiento no desarrollado cuya eficacia quedó extinguida por disposición legal.

En este sentido, el Cabildo recuerda que el Plan Insular de Ordenación de 1991 considera estos terrenos como suelo rústico exterior a núcleo de población, donde no se permite el uso turístico salvo excepciones previstas en el propio plan.

El Cabildo de Lanzarote ha trasladado al Ayuntamiento su disposición a colaborar y coordinar con el Gobierno de Canarias para facilitar documentación administrativa o judicial relevante, dentro del principio de cooperación interadministrativa, con el objetivo de contribuir a la claridad jurídica y territorial sobre este ámbito.