SANIDAD

El covid sigue imparable: 51 nuevos positivos en Lanzarote, 1.670 en Canarias y 8 fallecidos

Sanidad cuantifica un total de 8.034 personas que han contraido el coronavirus en Lanzarote desde que oficialmente se registrara la pandemia en España de los que 366 siguen activos en la isla tras los 51 nuevos positivos de hoy viernes

El covid sigue imparable: 51 nuevos positivos en Lanzarote, 1.670 en Canarias y 8 fallecidos

Un total de 8.034 personas han contraído oficialmente el Covid-19 en Lanzarote desde que en España se comenzaran a cuantificar oficialmente los datos de la pandemia del coronavirus. El número de casos de covid que están activos este viernes en Lanzarote es de 366 tras sumar otros 51.

En Canarias el covid está imparable. La Consejería de Sanidad del Gobierno de Canarias constata hoy 1.670 nuevos casos de coronavirus COVID-19. El total de casos acumulados en Canarias es de 114.062 con 11.253 activos, de los cuales 57 están ingresados en UCI y 267 permanecen hospitalizados. En las últimas horas se ha notificado el fallecimiento de ocho personas, cuatro mujeres y cuatro hombres, con edades comprendidas entre los 63 y los 91 años. Todos, salvo un varón, padecían patologías previas.
 
La Incidencia Acumulada a los 7 días en Canarias se sitúa en 305,98 casos por cada 100.000 habitantes y a los 14 días en los 425,51casos por 100.000 habitantes.
 
Por islas, Tenerife suma hoy 1.149 casos con un total de 54.636 casos acumulados y 5.987 casos activos epidemiológicamente; Gran Canaria cuenta con 42.982 casos acumulados, 358 más que el día anterior, y 3.653 activos. Lanzarote suma 51 nuevos casos con 8.034 acumulados y 366 activos epidemiológicamente; Fuerteventura tiene 6.003 casos acumulados, con 81 casos nuevos, y 1.065 activos. La Palma suma 24 nuevos positivos por lo que tiene 1.425 acumulados y 138 activos. El Hierro suma cinco nuevos positivos, por lo que sus acumulados son 489 y 17 casos activos. La Gomera suma dos nuevos casos, por lo que tiene 492 y sus activos son 27.
 
Hasta hoy se ha realizado un total de 2.536.565 pruebas diagnósticas en las Islas, de las que 12.923 se corresponden al día de ayer.
 
 

Sanidad flexibiliza los aforos interiores en farmacias y pequeños comercios minoristas

El Boletín Oficial de Canarias (BOC) ha publicado este viernes la Orden del consejero de Sanidad, Blas Trujillo, por la que se flexibilizan temporalmente los aforos interiores en determinados establecimientos que realizan actividades de carácter esencial, que no tengan la consideración de grandes establecimientos comerciales. 
 
La orden establece que en los niveles 2 y 3 de alerta sanitaria se fija en un 75% el aforo máximo en espacios cerrados en los establecimientos comerciales minoristas de alimentación, bebidas, productos y bienes de primera necesidad que no tengan la consideración de grandes establecimientos comerciales, así como en los establecimientos farmacéuticos.
 
Estos establecimientos deberán garantizar una adecuada ventilación y/o renovación del aire, se observarán escrupulosamente las medidas sobre el uso de mascarillas, mantenimiento de la distancia social y las medidas generales de higiene y para la prevención y control del SARS-CoV-2, así como las específicas establecidas para los establecimientos y locales comerciales y de actividades de servicios profesionales abiertos al público en el del Decreto ley 11/2021, que establece el régimen jurídico de alerta sanitaria y las medidas para el control y gestión de la pandemia de COVID-19 en Canarias. 
 
Esta autorización tiene carácter temporal y tendrá efecto desde las 00:00 horas de este sábado 18 de diciembre hasta las 24:00 horas del 31 de enero de 2022, sin perjuicio de la posibilidad de prórroga en función de la evolución de la situación epidemiológica u otras circunstancias que lo justifiquen.
 
Espacios de bajo riesgo de transmisión 
 
La evolución desfavorable de la situación epidemiológica con un incremento acelerado y elevado de la incidencia de la infección ha determinado la entrada en los niveles de alerta 2 y 3 de gran parte de las islas, fundamentalmente de las más pobladas. Esto representa una limitación en el aforo de determinados establecimientos en los que se desarrollan actividades de carácter esencial para la población y que, por la actividad que realizan y del escaso tiempo de permanencia en los mismos, constituyen espacios de bajo riesgo de transmisión. 
 
Tal es el caso de los establecimientos comerciales minoristas de alimentación, bebidas, productos y bienes de primera necesidad que no tengan la consideración de grandes establecimientos comerciales, así como de los establecimientos farmacéuticos. 
 
En estos espacios se puede mantener el uso de mascarillas y distancia social durante todo el tiempo de permanencia, que es de carácter limitado sin que, por otra parte, sean lugares proclives a relaciones sociales en las que se descuide la cautela necesaria para evitar situaciones de riesgo. Por ello, se considera conveniente flexibilizar los aforos permitidos en estos establecimientos, conforme a lo recogido en la medida.

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