Ley del Ruido

Arrecife aprueba una ordenanza reguladora de la emisión de ruidos

Carmen Delgado: “el ciudadano tiene derecho a estar protegido contra el ruido, por eso era imperativo adaptar la ordenanza a las nuevas exigencias normativas en esta materia”.

El Pleno del Ayuntamiento de Arrecife aprobó de forma inicial, las modificaciones que permitirán a la ordenanza municipal reguladora de la emisión de ruidos y vibraciones, adaptarse a la Ley de Ruido (2003).

Según explicó la responsable de Actividades Clasificadas, Carmen Delgado, Arrecife dispone de una Ordenanza Municipal de Protección al Medio Ambiente Contra la Emisión de Ruidos y Vibraciones aprobada por el Pleno del Ayuntamiento en sesión ordinaria celebrada el día 29 de abril de 2002, que no ha sido adaptada a la mencionada Ley del Ruido.
 
“Aunque en algunos aspectos ha resultado útil para la corrección de situaciones concretas, ha quedado obsoleta, por lo se hace necesario adaptar a las necesidades que la experiencia va demandando, además de por la exigencia de adaptación que se establece en la citada Ley”, aclaró la concejala.
 
Así mismo, Delgado ha subrayado que “el ciudadano tiene derecho a estar protegido contra el ruido y los problemas que se derivan de este tipo de situaciones, por eso era imperativo adaptar la ordenanza municipal a los nuevas exigencias normativas en esta materia”.
 
Con este paso, se comienza por tanto el camino para mejorar la Calidad Ambiental, destacando entre otros aspectos las modificaciones introducidas en este nuevo marco normativo de cara aspectos importantes como la planificación territorial y planeamiento urbanístico, que deben tener en cuenta siempre los Objetivos de Calidad Acústica de cada área acústica.
 
Carmen Delgado ha destacado además la futura elaboración de un Mapa de Ruidos y los consiguientes Planes de Acción para la mejora de la calidad acústica y la eliminación de los puntos críticos en cuanto a contaminación acústica.
 
También ha recordado la concejal que la nueva ordenanza recoge la intervención administrativa sobre los emisores acústicos, “para que se asegure la adopción de las medidas adecuadas de prevención de la contaminación acústica y que no se supere ningún valor límite de emisión aplicable”.