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La dirección quiere un arbitraje “obligatorio” al conflicto

El Consejo de Administración de los CACT desautoriza al Tribunal Laboral

Se dejó sobre la mesa la propuesta del Tribunal Laboral de Canarias, por lo que sigue en vigor el acuerdo alcanzado en el último Consejo.

Serio revés para la dirección de los Centros de Arte, Cultura y Turismo del Cabildo de Lanzarote (CACT) en la sesión extraordinaria y urgente del Coseno de Administración celebrada este sábado. El Consejo de Administración ha desautorizado  al Tribunal Laboral de Canarias, que, tras citar a las dos partes en litigio, elevó una propuesta para ofrecer una salida a la huelga y que debía ser respondida el próximo lunes.
 
A petición del representante del grupo socialista, Marcos Bergaz, se dejó sobre la mesa la propuesta realizada por el Tribunal Laboral de Canarias el pasado jueves, por entender que no contaría con los mismos apoyos, ni el grado de consenso, que la aprobada en el seno del último Consejo de Administración. De esta forma, se mantiene en vigor el acuerdo alcanzado por todos los grupos políticos, CC, PSOE, Podemos, PP y Ciudadanos -Somos se abstuvo-, además de los representantes de los ayuntamientos y las patronales turísticas, para encontrar una solución al conflicto laboral y poner fin a la huelga. No obstante, los huelguistas ya había adelantado que ni aceptarían el dictemen del Tribunal Laboral de Canarias. 
 
La dirección de reiteró hoy su voluntad de aceptar un arbitraje de obligado cumplimiento entre las partes para solucionar el conflicto existente y finalizar con la huelga “de forma inmediata”. Seguidamemte y sin más explicaciones, se dio por conckuida la sesiòn de una forma un tanto abrupta. 
 
El Comité de Huelga de los Centros Turísticos ya rechazó el jueves pasado la oferta del Consejo de Administración del ente público. En un escueto comunicado, afirmaban que han “perdido toda confianza” en la dirección de la empresa. Por lo tanto, se mantienen en su postura. “Acudiremos a una reunión más, con la intención de que se cumplan nuestras reivindicaciones, que no son otras que el cumplimiento del Convenio Colectivo y de la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Canarias”, comunicó el Comité de Huelga, para el que lo vinculante es la sentencia del TSJC.
 
Buena parte del comunicado lo dedicaron al consejero delegado de los Centros, José Juan Lorenzo, al que acusan de haberles “engañado”. Al respecto, aseguraron que en la penúltima reunión del Consejo de Administración se evidenció que el informe jurídico del que ha venido hablando la dirección, relativo a la ejecución de la sentencia del TSJC, es “inexistente”. Y esto, según el Comité, “ha creado mayor desconfianza” de los trabajadores hacia la dirección.  Por eso, “tanto el Comité de Huelga como los trabajadores se sienten engañados por José Juan Lorenzo, por manipular este conflicto con un informe jurídico inexistente sobre el cumplimiento de la sentencia del TSJC”, denunciaron.

La propuesta 'buena' para resolver la huelga

La propuesta elevada por el Consejo de Administración para tratar de resolver el conflicto en los CACT, y que sigue en vigor -es la propuesta 'buena'-, es la siguiente:
 
1. La empresa se compromete al pago en la nómina de octubre de 2017 de las cantidades correspondientes a los plus de disponibilidad, transporte y lavado de ropa del mes de vacaciones de los años 2015, 2016 y 2017, dejando de detraer los 35,19 euros que venían detrayendo en cumplimiento de la sentencia y manteniendo el resto de puntos de la propuesta de la empresa de 11 de agosto de 2017.
 
2. La entidad solicitará un informe de la Intervención del Cabildo Insular y además encargará un informe jurídico a un abogado laboralista independiente  sobre la adecuación de la propuesta del Comité de Huelga a la sentencia de 30 de noviembre de 2016 de la Sala de los Social del TSJC y la del Juzgado de lo Social número 3 de Arrecife, de 31 de marzo de 2016, así como con la Ley General de Presupuestos del Estado de 2017 y el Convenio Colectivo de la entidad.
 
3. La entidad encargará una auditoría independiente (por auditor/a validado por las partes) que determine si la adaptación del nuevo Convenio en 2014 ha supuesto alguna merma en las retribuciones de los trabajadores en cómputo anual para los años 2013, 2014 y 2015.
 
4. La entidad solicita a los trabajadores que valoren la suspensión inmediata de la huelga.

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