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Cs denuncia que las bases para las plazas del órgano de gestión tributaria son un “coladero de enchufes”

Cs ha presentado “una batería de alegaciones” a la convocatoria para la selección del personal del órgano de gestión tributaria del Cabildo de Lanzarote.

El consejero de Ciudadanos en el Cabildo, Benjamín Perdomo, ha denunciado que la redacción de las bases para las plazas del órgano de gestión tributaria de la primera Institución son un “coladero para posibles enchufes a costa de la Institución insular”, por este motivo la formación ha presentado “una batería de alegaciones”.

Perdomo ha enumerado algunos de los “incumplimientos”: no se ha negociado la Relación de Puestos de Trabajo (RPT) con los funcionarios de la Corporación, no se ha justificado o motivado la necesidad de esas plazas o tampoco se ha respetado el derecho a recibir información por parte de los trabajadores.
 
Ciudadanos ha señalado que se ha planteado un “sistema de concurso generalizado que sólo puede usarse para plazas de los grupos A y B” y, además, “no es legal que se utilice sólo la valoración de méritos para cubrir las plazas del órgano de gestión tributaria”, ya que este sistema “sólo puede usarse de manera excepcional en casos de que sean plazas de grupos A o B, por razón de las funciones y por la tecnificación requerida”.
 
La formación ha manifestado que “ por si estos antecedentes no fueran suficientes” el concurso convocado “tampoco respeta los principios de igualdad en el acceso” ya que “excluye a los funcionarios de carrera e interinos”.
 
Para Benjamín Perdomo resulta “llamativo” que no se valore las titulaciones superiores, ni otros cursos de capacitación que no sean de materia tributaria, por lo ha afirmado que “la convocatoria tiene visos de no respetar los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad en otros aspectos relativos a la valoración de méritos y al acceso a los puestos ofertados”.
 
Por último, el representante de Ciudadanos ha alertado de que “se va a incumplir los plazos legales establecidos para presentar subsanación de errores”, puesto que “se ha fijado para ello un plazo de cinco días naturales, cuando por ley ha de ser de 10 días” y “no se ha declarado la urgencia para acordar la reducción de los plazos establecidos para el procedimiento ordinario”.

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