"No cumplen las normas técnicas de Canarias"
Frontal rechazo a los dos parques eólicos en Tías
28 de febrero de 2018 (08:01 h.)
El Ayuntamiento de Tías presenta unas demoledoras conclusiones donde advierten a Industria que “los dos proyectos pretendidos son especulativos”.
El Grupo de Gobierno de Tías pretende que todas las fuerzas políticas de la Corporación muestren su rechazo ante el Gobierno de Canarias para que descarte la “vía libre” para los parques eólicos Maresía 1 y Maresía 2, promovidos por el grupo Satocan. La declaración será en el próximo Pleno del Ayuntamiento y se basará en el contenido de los informes y las alegaciones presentadas ante la Dirección General de Industria y Energía del Gobierno de Canarias.
En las alegaciones, el Grupo de Gobierno se opone a la autorización de dos parques eólicos en el término municipal de Tías sobre terrenos privados que sería necesarios expropiar para su ejecución y puesta en marcha. Es la segunda ocasión en la que el Ayuntamiento de Tías muestra su disconformidad ante los proyectos privados promovidos por la misma empresa Satocan, a través de dos mercantiles distintas, para obtener del Ejecutivo de Canarias ‘la vía libre’ para la construcción de dos parques eólicos en las zonas de Mácher y Tías, este último muy próximo a Puerto del Carmen.
La Concejalía de Urbanismo del Ayuntamiento de Tías rechazó en junio del pasado año que el Gobierno canario considerara de ‘interés estratégico’ para el Archipiélago la creación de dos parques eólicos en el municipio, con la instalación de tres aerogeneradores de 134 metros de altitud, cada uno. Si el Gobierno de Canarias decretara la utilidad pública solicitada por Satocan, ésta podría expropiar los terrenos de los más de 40 vecinos afectados por estos tres aerogeneradores.
Los promotores “únicamente han seguido un criterio económico y especulativo”
En enero de este año 2018, nuevamente la Dirección General de Industria de Canarias ha vuelto a tramitar estos dos parques eólicos privados. Ambos emplazamientos, según la documentación registrada por la empresa promotora, irían sobre suelo rústico de Protección Agraria, que contraviene las determinaciones del Plan General de Ordenación de Tías, aprobado en el 2005, y actualmente en vigor, así como el Plan Insular de Ordenación del Territorio de Lanzarote (PIO).
Las demoledoras alegaciones presentadas reflejan que “la promotora en modo alguno ha justificado la ubicación elegida para la implantación del parque eólico Maresía II, ya que no se ha estudiado (por la empresa) las alternativas existentes”. En este sentido, añade las alegaciones, conviene destacar que la selección de los emplazamientos para plantas aerogeneradores se realiza estudiando previamente las aptitudes eólicas de los terrenos, para pasar luego a realizar mediciones precisas de viento a lo largo de un periodo determinado prolongado. Las alegaciones resaltan que “la falta del mínimo rigor en la selección del emplazamiento propuesto nos lleva a la conclusión de que los promotores únicamente han seguido un criterio económico y especulativo para la ubicación del referido parque eólico”.