El plazo para presentar alegaciones concluye el 18 de abril
Habrá una nueva valoración de inmuebles urbanos en Canarias
04 de abril de 2018 (11:43 h.)
Se encuentra en información pública el proyecto de Orden para la fijación de coeficientes a aplicar sobre valores catastrales. También afecta al IBI.
Se encuentra en información pública el proyecto de Orden para la fijación de coeficientes a aplicar sobre valores catastrales con el objetivo de valoración de inmuebles urbanos para la liquidación del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados y del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. El plazo para presentar alegaciones concluye el 18 de abril. Esta Orden es relevante ya que afecta incluso al Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI).
En su justificación, el proyecto de Orden señala que la comprobación administrativa del valor declarado por el contribuyente en las transmisiones de bienes inmuebles viene siendo una permanente fuente de litigiosidad. De hecho, más del 20 por ciento del total de las reclamaciones presentadas en materia de los Impuestos sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados y sobre Sucesiones y Donaciones corresponden a esta cuestión.
Se persigue estimar el valor real de dichos bienes
Por ello, este proyecto de Orden se redacta con una doble finalidad. De un lado, dotar de un marco de seguridad jurídica al contribuyente en la fiscalidad de las transacciones de dicha clase de bienes y, a su vez, intentar reducir las elevadas tasas de conflictividad que se generan como consecuencia de la comprobación de valores. Al mismo tiempo esta iniciativa permite al contribuyente conocer anticipadamente el valor que la Agencia Tributaria Canaria va a atribuir al bien objeto de la adquisición o transmisión que se propone llevar a cabo.
El artículo 1 del proyecto de Orden define el objeto y el ámbito de aplicación de la norma. Este no es otro que aprobar los coeficientes aplicables al valor catastral de determinados bienes inmuebles de naturaleza urbana radicados en Canarias para estimar el valor real de dichos bienes. Al mismo tiempo, hace pública la metodología empleada para la obtención de los citados coeficientes.
La disposición adicional primera viene a establecer la metodología para la valoración de los bienes inmuebles de naturaleza urbana radicados en el territorio de otras Comunidades Autónomas. La segunda prevé los coeficientes que serían de aplicación en el supuesto de creación de nuevos municipios canarios durante la vigencia de la Orden en proyecto.