Y tacha de "arbitraria e injusta" la propuesta de la Comisión Técnica
El Pleno de San Bartolomé rechaza revisar el acuerdo con Inalsa sobre los parques eólicos
27 de noviembre de 2018 (11:26 h.)
Loli Corujo: "San Ginés podría poner en riesgo el concurso eólico que beneficia a todos los parques eólicos de la isla, por el incumplimiento de una condición esencial".
El Pleno del Ayuntamiento de San Bartolomé ha rechazado revisar el acuerdo suscrito en su día con la empresa pública Insular de Aguas, SA (Inalsa) sobre los parques eólicos. La Corporación anuncia que, en el supuesto de que se revise el acuerdo en contra del criterio del Pleno, "ejercerá acciones judiciales en salvaguarda y defensa de los intereses generales del municipio".
La alcaldesa, María Dolores Corujo, ha manifestado que el presidente del Cabildo, “San Ginés, podría poner en riesgo el concurso eólico que beneficia a todos los parques eólicos de la isla, por el incumplimiento de una condición esencial que supuso que Inalsa ganara el concurso”. Inalsa es propiedad del Consorcio del Agua de Lanzarote, cuya mayoría la ostenta el Cabildo Insular.
El Pleno del Ayuntamiento de San Bartolomé tacha de "arbitraria e injusta" la propuesta de la Comisión Técnica del Cambio de Modelo Energético para la revisión del acuerdo alcanzado entre el Ayuntamiento e Inalsa en 2007. En virtud de aquel acuerdo, se puso a disposición de Inalsa suelo municipal con el que concurrió al concurso eólico convocado por el Gobierno de Canarias. En efecto, Inalsa resultó adjudicataria, pero con dicho suelo vinculado.
Según una nota hecha pública por el Consistorio, la propuesta “constituye una represalia del presidente del Cabildo, por el mero hecho de haber cumplido este Ayuntamiento con el principio de legalidad y girar unas liquidaciones a dos parques eólicos de 9,2 MW, a ubicar en suelo de titularidad municipal, de un canon de obligado pago que imponía directamente una ley autonómica vigente en el momento en que se procede a aprobar la liquidación, y que los tribunales han declarado mediante sentencias que son ajustadas y conformes a derecho”.
San Bartolomé considera que “de llegarse a adoptar esta propuesta, se estaría incumpliendo de manera unilateral el citado acuerdo y también se estarían vulnerando las bases del concurso eólico que obliga al adjudicataria Inalsa a destinar a los ayuntamientos de la isla el 9% de los ingresos generados por la venta de energía por la totalidad de los parques”.
Si ese 9% de los ingresos "lo utilizan para otra finalidad", es decir, para abonar totalidad del importe de las liquidaciones giradas en concepto de canon urbanístico, supondría una “vulneración clara, manifiesta e intencionada de las bases que rigen el concurso eólico al incumplirse dos de las condiciones esenciales de la adjudicación”: la disponibilidad de suelo y el destino del 9% de los ingresos por la venta de energía a una entidad local. Ello podría acarrear “la resolución de la adjudicación a Inalsa de dichos parques eólicos”, concluye San Bartolomé.