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El PP solicita la exclusión del Charco del Palo de la ordenanza que prohíbe el nudismo

Jonás Álvarez señala la contradicción de la norma que prohíbe ir desnudo por un núcleo residencial y turístico que se promociona como el primer pueblo naturista de España.

El concejal del PP en Teguise, Jonás Álvarez, ha señalado la contradicción de la norma que prohíbe ir desnudo por un núcleo residencial y turístico del Charco del Palo: “resulta paradójico que mientras Haría promociona el Charco del Palo como el primer pueblo naturista de España, con repercusión nacional e internacional, la norma del Ayuntamiento de Teguise prohiba ir desnudo por la calle”.

A pesar de la naturaleza nudista de la zona, ha explicado el concejal, Teguise cuenta con una normativa que recoge la prohibición de transitar o permanecer totalmente desnudo/a por los espacios o vías públicas así como en espacios privados abiertos y fácilmente visibles.
 
Por ello, Álvarez ha presentado una moción al pleno municipal solicitando la modificación de la Ordenanza Reguladora de Seguridad y Convivencia Ciudadana con el fin de que se exceptúe expresamente de la aplicación del Art. 19 al núcleo turístico residencial del Charco del Palo. Hay que recordar que el Charco del Palo está dividido entre los municipios de Haría y Teguise.
 
Aunque en sus orígenes, en los años sesenta, se crea como una pequeña urbanización de carácter turístico, con el paso de los años el Charco del Palo se ha consolidado como un pequeño núcleo poblacional en el que conviven personas de diversas nacionalidades, apunta el edil.
 
A este respecto, Álvarez indica que “los 136 residentes y los turistas que escogen esta zona para pasar sus vacaciones hacen su día a día de forma naturista ejerciendo la libertad de ir vestido o no, según se elija" .
 
"Esta realidad cotidiana, asumida por todos, no puede estar al margen de la Ordenanza Municipal ya que podría darse el caso incluso de que amparándose en ella se produjesen denuncias por las personas contrarias a esta práctica", señala Jonás Álvarez, quien resalta que simplemente se trata de en el texto se incluya expresamente la excepcionalidad del Charco del Palo dentro de las prohibiciones recogidas en el artículo 19.

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