ANÁLISIS

La reforma del Estatuto de Autonomía, en manos de las Cortes

Con diez años de retraso, el Congreso de los Diputados ya tiene en sus manos la esperada reforma del Estatuto de Autonomía de Canarias. La rebaja de los topes electorales y la circunscripción única, entre las novedades.

La reforma del Estatuto de Autonomía, en manos de las Cortes

El Congreso de los Diputados ya tramita la reforma del Estatuto de Autonomía de Canarias. El Estatuto llegó a la Cámara Baja con el aval de CC y PSOE, aunque la modificación fue respaldada por el Parlamento canario a finales de la pasada legislatura, en marzo de 2015. Esta circunstancia ha causado cierto revuelo al tratarse de una composición parlamentaria distinta a la actual, surgida de las últimas elecciones regionales.
 
El Estatuto es la norma básica de la Comunidad Autónoma de Canarias, ya que configura su organización institucional. Entró en vigor en 1982 y se reformó en 1996. Una segunda reforma fue aprobada por el Parlamento de Canarias en 2006 y remitida a las Cortes, pero, tras ser bloqueada, la propuesta fue finalmente retirada. De ahí que pueda defenderse que la reforma del Estatuto llega con diez años de retraso.
 
“El nuevo Estatuto permitirá al presidente del Gobierno canario disolver el Parlamento y convocar elecciones anticipadas”
 
La reforma estatutaria está íntimamente unida a mayores cotas de autogobierno y a la mejora de la financiación del Archipiélago. En este apartado desempeña un papel esencial el denominado anclaje constitucional del Régimen Económico y Fiscal de canarias (REF). Con ello se pretende recoger en la Carta Magna las singularidades canarias para acrecentar la seguridad jurídica al REF. Así se reforzaría el estatus fiscal y económico de las Islas mediante un tratamiento particular en la financiación autonómica y en los Presupuestos del Estado. Todo ello para compensar los sobrecostes que generan la lejanía y la fragmentación geográfica.
 
El nuevo Estatuto de Autonomía también permitirá al presidente del Gobierno canario disolver el Parlamento y convocar elecciones anticipadas. Asimismo, podrá elaborar decretos ley en caso de urgente necesidad. Por otro lado, se limita el aforamiento de los diputados regionales a aquellos hechos relacionados sólo con su función legislativa.
 
“Parece estar fuera de discusión tocar la triple paridad, que es la base del sistema electoral canario”
 
En otro orden de cosas, parece que está fuera de discusión tocar la triple paridad, que es la base del sistema electoral canario. En sus disposiciones transitorias, el actual Estatuto señala que “se fija el número de diputados del Parlamento a 60, conforme a la siguiente distribución: 15 por cada una de las islas de Gran Canaria y Tenerife, ocho por La Palma, ocho por Lanzarote, siete por Fuerteventura, cuatro por La Gomera y tres por El Hierro”. 
 
La triple paridad establece quince diputados para cada una de las dos islas más pobladas y quince para cada uno de los grupos de islas menos habitadas, las orientales y las occidentales. Además, cada provincia suma 30 diputados, y las dos islas más habitadas otros 30. En cambio, la reforma del Estatuto sí afronta otro de los pilares del sistema electoral canario, los topes. El nuevo Estatuto propone rebajarlos, pasando el insular del 30% al 15% y el regional del 6% al 3%. Asimismo plantea la creación de una circunscripción electoral complementaria, de ámbito regional.
 
Sin embargo, algunas cuestiones permanecerán inalteradas, como la capitalidad de la Comunidad, que es compartida entre Santa Cruz de Tenerife y Las Palmas de Gran Canaria, aunque, de hecho, es papel mojado. Por último, el ámbito marino de las Islas no se incorpora al territorio canario.

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