ESCÁNDALO DE LAS MINUTAS

San Ginés también contrató a Calatayud, "a dedo y verbalmente" como abogado del Consorcio

En una nota hecha pública a primera hora de este miércoles, se afirma que Calatayud no ha aportado ningún documento que justifique su contratación como letrado del Consorcio en el procedimiento incidental y en el Consorcio no existe expediente para su contratación, ni resolución acordando su designación

San Ginés también contrató a Calatayud, "a dedo y verbalmente" como abogado del Consorcio

La investigación efectuada por la empresa pública de aguas, a raíz de la demanda que ha presentado el abogado, amigo del ex presidente del Cabildo, reclamando que INALSA le pague otros 82.000 euros por honorarios del concurso de acreedores, "ha revelado que San Ginés también contrató a dedo y verbalmente a su amigo Calatayud como abogado del Consorcio Insular de Aguas de Lanzarote saltándose las leyes de contratación", indican desde la Entidad en el comunicado.

La documentación judicial correspondiente a los incidentes del concurso de acreedores que la empresa pública de aguas de Lanzarote ha obtenido en el juzgado (al que tuvo que solicitarse copia de esa documentación porque el letrado amigo de San Gines se negó a entregarla a INALSA) ha revelado que el expresidente del Cabildo también contrató a Calatayud como abogado del Consorcio del Agua en uno de los incidentes del concurso por el que se embolsó 321.000 euros en costas propiedad del ente público.

Tal y como se ha comprobado durante las investigaciones "ante la negativa del letrado amigo de San Ginés a facilitar a su cliente la documentación sobre su contratación", en el Consorcio Insular de Aguas "no se tramitó ningún expediente de contratación para la designación de Ignacio Calatayud como abogado de la entidad en ese procedimiento, por lo que se trata de un contrato verbal efectuado por Pedro San Ginés en favor de su amigo Calatayud por el que obtuvo enormes beneficios".

Ante la inexistencia de expediente de contratación, el Consorcio del Agua de Lanzarote se dirigió en repetidas veces al propio abogado para que aportase, al menos, copia de la resolución que acordó su designación como letrado de la entidad en ese incidente y el presupuesto o condiciones de su contratación, "sin que el amigo de San Ginés haya aportado ninguno de esos documentos, los cuales tampoco constan en los archivos del Consorcio, ni en el procedimiento judicial".

"Acuerdos opacos y mentiras" de San Ginés

Los acuerdos de Pedro San Gines con su amigo personal, Ignacio Calatayud, "no solo incurren en graves irregularidades porque incumplen las normas de contratación aplicables a las administraciones públicas", como es el caso del Consorcio del Agua (formado por el Cabildo y los siete ayuntamientos), "sino que también se realizaron de forma totalmente opaca, hasta el punto de que no consta documentación sobre esas contrataciones en el Consorcio y el único que conocía su existencia era San Ginés", subraya la nota.

La falta de transparencia de los contratos entre el expresidente y su amigo letrado llegaron a tal punto que el 15 de octubre de 2015, el ex presidente del Consorcio "mintió doblemente a la oposición al responder las preguntas sobre las contrataciones y los pagos efectuados a Calatayud", ya que San Ginés indicó que "sólo había cobrado 86.000 euros por el concurso de acreedores, cuando en realidad había cobrado 154.000 euros por el concurso y otros 800.000 euros por los incidentes concursales, ocultando las contrataciones de su amigo tanto de INALSA como del Consorcio, que sólo conocía el propio San Ginés".

Incumplimiento de las normas de contratación

A diferencia de lo sucedido en INALSA, el Consorcio del Agua nunca ha estado sometido a intervención judicial (posibilidad que la ley tampoco permite), por lo que esta nueva contratación que San Ginés también realizó a su amigo Calatayud designándole como abogado del Consorcio en uno de los incidentes del concurso, no requería ningún tipo de conformidad por parte de los administradores concursales.

Por esta razón, a San Ginés "no le cabe en este nuevo asunto la posibilidad (carente de base jurídica) de intentar parapetarse tras los administradores judiciales ni derivar la responsabilidad al Consejo de Administración que, en el caso de la empresa pública de aguas, se limitó a aceptar la contratación de su amigo, sin establecer ni los honorarios, ni las condiciones del contrato, que fueron responsabilidad exclusiva de San Ginés".

En el caso del Consorcio, San Ginés "ha vulnerado las normas de contratación al realizar un encargo directo a su amigo Calatayud, obviando el procedimiento de contratación y la licitación del contrato, dada la elevada cuantía del mismo (más de 300.000 euros), y lo ha hecho recurriendo a un contrato verbal, prohibido expresamente por la legislación aplicable a la contratación pública y sin conocimiento alguno por parte de los órganos de gobierno del Consorcio del Agua de Lanzarote".

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