En las obras del edificio nuevo del Poliderpotivo Municipal
Tías recibe el respaldo del Consultivo para rescindir el contrato a Ingemont por incumplimiento
El Ayuntamiento aprobó incoar un expediente sancionador a la empresa con reclamación de daños y perjuicios, por incumplimiento de los plazos administrativos y criterios de la obra.
Ingemont resultó la empresa ganadora del concurso puesto en marcha por el Ayuntamiento de Tías en 2015 para la construcción de un edificio interior de dos plantas en el Polideportivo Municipal que albergaría en el bajo una sala de gimnasia destinada a artes marciales, y en la planta alta, terraza y cafetería.
Este inmueble, dentro de los proyectos de modernización de la Ciudad Deportiva de Tías, fue adjudicado por 204.000 euros a la citada empresa que es conocida en Lanzarote por sus no teminar en tiempo y forma las obras que se le adjudican como fue el caso de la Avenida Marítima de Arrecife.
Entre los motivos de adjudicación de este edificio a Ingemont, según la resolución de la Mesa de Contratación, fue sus plazos de entrega. Sin embargo, la constructora inició su construcción y consumió sus plazos legales sin acabar y entregar el edificio. Ante estos incumplimientos legales, el Ayuntamiento de Tías aprobó incoar un expediente sancionador a Ingemont con reclamación de daños y perjuicios, por incumplimiento de los plazos administrativos y criterios de la obra.
De manera previa y preceptiva al expediente sancionador, el Ayuntamiento de Tías solicitó dictamen al Consejo Consultivo de Canarias que ha señalado que el procedimiento iniciado por el Consistorio es correcto, tanto en la forma como en el fondo, para rescindir el contrato y proceder a la reclamación de los daños y perjuicios en los que ha incurrido Ingemont.
Resuelta esta vía, el Ayuntamiento ha podido "rescatar" la obra y proseguir con los trabajos para la finalización de la misma. Desde comienzos de octubre, la Concejalía de Deportes de Tías se ha hecho cargo de los trabajos necesarios para ultimar las instalaciones y montaje, entre ellas, las canalizaciones de los equipos de ventilación, necesarios para su próxima apertura, entre otros temas.
Como establece la normativa, mientras no se recepcione oficialmente una obra, o se acredite por resolución firme la rescisión del contrato, las Corporaciones e Instituciones públicas no pueden hacer uso, acceder o tomar poseción del inmuble u obra objeto de la adjudicación. Durante todo este tiempo atrás, el Consistorio ha estado en la etapa de este procedimiento administrativo para rescindir el contrato e incoar el expediente de reclamación de daños y perjuicios.