SINDICATOS

Comisiones Obreras denuncia a la empresa de recogida de residuos de Tinajo

El sindicato asegura que la empresa Hernández Bello, SL, "viene incumplimiento de forma reiterada los derechos de las personas trabajadoras tanto en materia social como de seguridad y salud en el trabajo".

La empresa Hernández Bello, SL, adscrita al Servicio de Recogidas de Residuos Urbanos del Municipio de Tinajo, "viene incumplimiento de forma reiterada los derechos de las personas trabajadoras tanto en materia social como en materia de seguridad y salud en el trabajo", según apunta el sindicato Comisiones Obreras en un comunicado. En el escrito recuerdan que fue la misma empresa que en el 2019, "dejaron abandonados a los trabajadores y trabajadoras creando una alta conflictividad que conllevo a la suspensión de la empresa" en el municipio de Yaiza.

En esta ocasión CCOO Lanzarote, ha presentado denuncia ante la autoridad laboral "por incumplimientos graves", dado que el vehículo de trabajo "entrañaba un grave riesgo para la seguridad y salud de los trabajadores, así como un riesgo biológico por las condiciones insalubres originadas por la no desinfección y limpieza de los contenedores de basura, sumándole incluso un riesgo biológico para los trabajadores con su uniformidad de trabajo".

La actuación de la  Inspección de Trabajo "ha dado la razón nuevamente a CCOO en Lanzarote" y ha requerido a la empresa la adaptación de más de una decena de medidas, entre ellas la limpieza inmediata y periódica de los lugares de trabajo, equipos de trabajo y equipos de protección; dotar la cabina del camión de sistema de ventilación; mantener perfectamente cerradas las cabinas y ventanillas de los vehículos; proporcionar a los trabajadores ropa de trabajo con manga larga y pantalón largo en todas las épocas del año; disponer de retretes y cuartos de aseo con productos para la limpieza ocular y antisépticos de la piel; disponer de taquillas separadas para la ropa de trabajo y la de la calle; los trabajadores dispondrán, dentro de la jornada laboral, de diez minutos para su aseo personal antes de la comida y otros diez minutos antes de abandonar el trabajo; el empresario se responsabilizará del lavado, descontaminación y, en caso necesario, destrucción de la ropa de trabajo y los equipos de protección; realizar reconocimientos médicos periódicos específicos y ofrecer vacunas al personal con riesgo cuando estas existan y que el trabajador sea formado e informado de los riesgos, los procedimientos seguros de trabajo y las medidas de prevención.