Caso de la vivienda de San Ginés

Fracasa el intento de recusación del juez Jerónimo Alonso

La Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Las Palmas ha desestimado la recusación del titular del Juzgado de Instrucción número 2 de Arrecife, que seguirá dirigiendo la investigación contra el expresidente del Cabildo

Fracasa el intento de recusación del juez Jerónimo Alonso

El juez Jerónimo Alonso, titular del Juzgado de Instrucción número 2 de Arrecife, seguirá al frente de la investigación que se sigue contra el expresidente del Cabildo de Lanzarote, Pedro San Ginés (CC) y de la que se supo tras que la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil registrara su domicilio.

La Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Las Palmas ha desestimado la recusación que, al parecer, habría formulado la representación del abogado Ignacio Calatayud que, a su vez, estaría citado en la investigación que está bajo secreto de sumario. De forma cautelar, la instrucción fue cedida al Juzgado de Instrucción número 3, que dirige Ricardo Fiestras.

El Auto de la Audiencia Provincial no únicamente desestima la recusación, si no que se muestra contundente en los argumentos de ese rechazo. Apunta que lo expresado por Calatayud como motivos de recusación "no son cobijables" en ninguno de los casos que la Ley contempla, entra las que se encuentran la amistad íntima o enemistad manifiesta de las partes, tener interés directo o indirecto o haber participado en la instrucción de la causa penal o haber resuelto el pleito o causa en anterior instancia.

Los magistrados de la Sala Emilio Moya, ponente, Oscarina Naranjo y Carlos Vielba, creen que lo expresado por el abogado amigo de Pedro San Ginés para justificar que el juez instructor se mueve por animadversión "son gratuitas y carentes del más mínimo sustento probatorio". Llegan a afirmar que "son simples vaguedades". 

Más adelante, el Auto indica que las presuntas pruebas de la recusación "son simples alegaciones ayunas de pruebas", que la recusación "es infundada" y que "no es serio" que pida que se tome testifical a ninguna persona concreta si no "in genere" a funcionarios, jueces y letrados.

La Audiencia también defiende la instrucción del registro de la casa y despacho profesional de amigo de San Ginés en Madrid y le reprocha los términos que Ignacio Calatayud empleó para definir el registro y la incautación de ordenadores. "Se trata de una cuestión jurisdiccional", dice la Sala, "y la utilización del término 'sustracción', está fuera de lugar y siendo benévolos, muy benévolos, la calificamos de desafortunada".

Así pues, la causa vuelve a manos del juez que la inició, el titular del Juzgado de Instrucción Número 2 de Arrecife, Jerónimo Alonso

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