TRIBUNALES

El TSJC no admite a trámite la querella de Espino contra el juez Lis

Pese a reconocer la "demora exagerada" y que "es evidente que el retardo ha existido" -en la causa de los Centros- el TSJC no ve necesaria la apertura de causa contra el juez instructor, Rafael Lis.

El TSJC no admite a trámite la querella de Espino contra el juez Lis

La Sala de lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de Canarias no ha admitido a trámite la querella formulada por la representación de Carlos Espino por un presunto delito de prevaricación judicial contra el juez Rafael Lis por el tiempo de demora en la instrucción de la causa de los Centros Turísticos.

La Sala admite que hubo "demora exagerada" y subraya que "es evidente que el retardo ha existido" pero indica, a continuación, que "ello no es suficiente" para iniciar causa por prevaricación en la modalidad de retardo malicioso, por cuanto "es necesario que el retardo tenga por objeto la consecución de cualquierfinalidad ilegítima", una circunstancia que a juicio del alto tribunal canario "no aparece evidenciada".

La Sala, presidida por el magistrado Antono Doreste y de la que forman parte, además, los magistrados Jaime Borrás y Carlos de Millán,deja claro que "el retraso no es inocuo para la correcta administración de justicia" para añadir a continuación que "sin duda" un retraso "como el puesto de manifiesto socava la confianza de los ciudadanos en la administración de justicia y merece el correspondiente reproche en la vía disciplinaria".

En ese punto recuerda la sanción impuesta al juez Lis por parte del Consejo General del Poder Judicial.

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