Canarias prorroga hasta el día 31 el control con pruebas covid a viajeros nacionales
Mediante este dispositivo se ha detectado 249 positivos en las pruebas hechas en origen.
La Consejería de Sanidad del Gobierno de Canarias prorroga una semana más, hasta el 31 de enero, para contener la transmisión del SARS-COV-2, mediante pruebas diagnósticas de infección activa (PDIA) a los pasajeros que entren en Canarias procedentes del resto del territorio nacional, por vía aérea o marítima. Esta prórroga será publicada en el Boletín Oficial de Canarias (BOC) y estará vigente desde el lunes 31 de enero.
Entre el 18 de diciembre y el 14 de enero llegaron a los aeropuertos canarios un total de 115.158 pasajeros procedentes de otras regiones españolas. Todos ellos tuvieron que pasar por el punto de control habilitado por el Servicio Canario de la Salud (SCS) en los seis aeropuertos que operan con vuelos nacionales, en los que debían acreditar mediante certificado un resultado negativo en una PDIA realizada con una antelación máxima de 72 horas antes de su llegada al aeropuerto.
De estos 115.158 pasajeros, el 85%, aportaron a su llegada un certificado de PDIA negativa. El 15% restante que no aportó certificado de PDIA negativa debió mantenerse en aislamiento hasta la obtención de un resultado negativo de una prueba diagnóstica realizada en destino. A los pasajeros residentes en Canarias que llegaron sin PDIA hecha en origen se les dio la posibilidad de concertar una cita a través de la línea telefónica 900 112 061 para la realización de la prueba de manera gratuita, mientras que a los no residentes se les facilitó un listado de laboratorios autorizados por el SCS en los que realizarse la PDIA en las 72 horas posteriores a su llegada.
En cuanto pasajeros residentes que viajaron con PDIA y se hicieron la prueba en alguno de los laboratorios de la red concertada por el SCS se detectaron un total de 249 positivos (219 por PCR y 30 por test de antígenos).
gratuita para los viajeros residentes en Canarias que procedan del resto del territorio nacional
La Consejería de Sanidad recuerda que la prueba diagnóstica, tanto en origen como en destino, será gratuita para los viajeros residentes en Canarias que procedan del resto del territorio nacional y realicen la prueba en los centros Eurofins Megalab concertados por el Servicio Canario de la Salud para tal efecto. En los restantes casos, el pasajero asumirá el coste de la realización de la PDIA, que tendrá un precio especial en los centros concertados por el SCS.
La documentación acreditativa de la prueba deberá ser el original, redactada en español, en formato papel o electrónico y debe indicar el nombre del viajero, número de pasaporte o DNI, fecha de realización de la prueba, identificación y datos de contacto del centro sanitario autorizado que realiza la prueba, técnica empleada y resultado negativo de la prueba. En el supuesto de pruebas de antígenos deberá reflejar asimismo la especificidad y sensibilidad homologada.
La Consejería de Sanidad dispone de un operativo de puntos de control Covid-19 en los seis aeropuetos canarios que operan con vuelos nacionales en los que se solicita la acreditación del resultado de la PDIA. En el supuesto excepcional de que el pasajero no se hubiera realizado la PDIA en las 72 horas previas a la llegada, se deberá aislar en su residencia y realizarse una PDIA en las 72 horas siguientes a su llegada, debiendo remitir el resultado al SCS. El aislamiento deberá mantenerse hasta la obtención y remisión de prueba diagnóstica negativa o, en su caso, el alta epidemiológica.
Quienes no se realicen la PDIA, deberán guardar aislamiento en su residencia durante 10 días y quedan expuestos a la sanción prevista. Las agencias de viaje, los operadores turísticos y compañías de transporte aéreo o marítimo y cualquier otro agente que comercialice billetes deberán informar a los pasajeros, en el inicio del proceso de venta de los billetes con destino a Canarias, de las obligaciones derivadas de la Orden.
Exclusiones
Las medidas señaladas en esta Orden no serán de aplicación a los pasajeros en tránsito en un puerto o aeropuerto canario con destino final a otro país u otro lugar del territorio nacional.
Tampoco serán de aplicación las medidas señaladas en esta Orden a aquellas personas que acrediten una reserva en un establecimiento turístico de alojamiento inscrito en el Registro General Turístico de la Comunidad Autónoma de Canarias, y estén sujetos el régimen de control de salud pública en la admisión a un establecimiento alojativo de acuerdo con el Decreto ley 17/2020, de 29 de octubre, de medidas extraordinarias en materia turística para afrontar los efectos de la crisis sanitaria y económica producida por la pandemia ocasionada por la COVID-19.
El aislamiento durante las 72 horas previas a la realización de la prueba en Canarias no será aplicable cuando la urgencia del desplazamiento impida su realización, en los siguientes supuestos:
a) Los trabajadores por cuenta ajena o por cuenta propia que ejerzan ocupaciones críticas, incluidos los trabajadores sanitarios, en desplazamiento profesional.
b) Los trabajadores o proveedores de servicios de transporte, incluidos los conductores de vehículos de mercancías, que transporten mercancías para su uso en el territorio.
c) Los pacientes que viajen por razones médicas imperativas.
d) Asistencia o cuidado, por razones imperativas, a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.
e) Los representantes públicos, diplomáticos, el personal de organizaciones internacionales y las personas invitadas por estas cuya presencia física sea necesaria para el buen funcionamiento de dichas organizaciones, los militares y los policías, los trabajadores humanitarios y el personal de protección civil, en el ejercicio de sus funciones.
f) Los trabajadores de mar que lleguen a Canarias de regreso de su campaña a bordo de un buque o en tránsito para embarcar o desembarcar.
g) Los tripulantes de los buques y aeronaves que realicen el tráfico de pasajeros o mercancías entre Canarias y otras Comunidades Autónomas o países.
h) Los periodistas en desplazamiento profesional.