EMPLEO

Lanzarote lidera la contratación de personas con discapacidad

Lanzarote es el lugar del Archipiélago donde se registra una mayor contratación de personas con discapacidad en proporción con el total de trabajadores de la isla y superior a la media de Canarias.

Lanzarote lidera la contratación de personas con discapacidad

Según el fichero de contratos del Sistema Público de Empleo (SISPE), el número de contratos a personas con discapacidad durante el año 2018 en Canarias representa el 0,59% del total registrados. Lanzarote es el lugar del Archipiélago donde se registra una mayor contratación de personas con discapacidad en proporción con el total de trabajadores de la isla y superior a la media de Canarias, con un 1,09%. Le siguen las islas de Fuerteventura y Gran Canaria con un 0,62%. Estos datos se desprenden del Informe sobre el mercado laboral de las personas con discapacidad, elaborado en 2018 por el Gobierno de Canarias.    

El acceso al mercado laboral de este colectivo está plagado de obstáculos. Por eso, todas las empresas deben hacer un ejercicio de concienciación para su integración al mundo laboral. A pesar de haber dejado atrás el pico más alto de la crisis, en los tiempos que corren también puede ser complicado encontrar un empleo. En el caso de una persona con discapacidad, aparecen una serie de trabas que lo complican mucho más.

A pesar de los avances que se vienen registrando y de las leyes que se han modificado para la plena inserción en el mercado laboral, aún queda mucho por hacer para alcanzar una integración real y efectiva de este colectivo en todas las esferas de la sociedad.

El 7 abril de 1982 se aprobó la Ley de Integración Social de los Minusválidos (LISMI), una normativa que supondría un punto de inflexión y que sería el detonante de un cambio en materia de integración laboral para las personas con discapacidad. En 2014, con el fin de actualizar la legislación, se aprobó la Ley General de los Derechos de las Personas con Discapacidad y su Inclusión Social, conocida comúnmente como Ley General de Discapacidad o LGD.

Según esta Ley, aquellas empresas públicas y privadas que emplean a 50 o más trabajadores están obligadas a que, al menos, el 2% de éstos, tengan el certificado de discapacidad (porcentaje de discapacidad que ha de ser igual o superior al 33%).

Esta ley, modificada en 2014, dio respuesta a las reivindicaciones de este colectivo, que, como el resto de la sociedad, también tienen derecho a sentirse independientes. Un derecho que no siempre se respeta y por el que abogan estas personas.

Ante el incumplimiento de la Ley General de Discapacidad

Como consecuencia del incumplimiento continuado de la ley por parte de las empresas, se promueve el Real Decreto 27/2000, con una serie de medidas alternativas, propuestas por la LGD para que, aquellas empresas que justifiquen la imposibilidad de contratar personas con discapacidad, puedan cumplir la ley.

El contrato mercantil o civil con un centro especial de empleo (CEE), o con un trabajador autónomo con discapacidad, para el suministro de materias primas, maquinaria, bienes de equipo o cualquier otro tipo de bienes necesarios para el normal desarrollo de la actividad de la empresa que opta por esta medida.

Donación o patrocinio. La realización de donaciones y de acciones de patrocinio (siempre monetarias) a entidades sin ánimo de lucro, cuyo fin sea la formación profesional, la inserción laboral o la creación de empleo en favor de las personas con discapacidad.

El enclave laboral, previa suscripción del correspondiente contrato con un centro especial de empleo, de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 290/2004, del 20 de febrero, por el que se regulan los enclaves laborales como medida de fomento del empleo de las personas con discapacidad.

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