El Tribunal Supremo ratifica la anulación de la licencia de un hotel en Yaiza

El alto tribunal recuerda que el fallo es firme desde 2007 y que por lo tanto ya se ha sobrepasado el período de un lustro fijado para poder presentar un recurso extraordinario de revisión de sentencia
El Tribunal Supremo ha rechazado un recurso de revisión de la sentencia presentado por la entidad Isla del Paraíso 2000 SL, propietaria de un hotel en el municipio de Yaiza, en Lanzarote, situado junto a Montaña Roja, para dejar sin efecto un fallo de 2007 que anulaba su licencia de construcción junto con otra veintena de establecimientos turísticos de esta localidad.
La Fundación César Manrique impulsó en su momento este proceso judicial y por ello fue ahora citado por el Supremo junto con el Cabildo de Lanzarote y el Ministerio Fiscal para que se personaran en la causa.
La fundación pidió la inadmisión de la demanda dado que se interpuso fuera del plazo de cinco años desde que el fallo devino en firme, al alegar la empresa que se había encontrado un nuevo documento pero sin especificar la fecha.
La Fiscalía hizo la misma petición por la falta de legitimación de los propietarios al no haber sido parte en el procedimiento judicial, incumplirse los plazos y considerar que el motivo alegado no encaja en este tipo de recursos.
El alto tribunal recuerda que el fallo es firme desde 2007 y que por lo tanto ya se ha sobrepasado el período de un lustro fijado para poder presentar un recurso extraordinario de revisión de sentencia.
La entidad, sin embargo, alega que tuvo conocimiento del mismo cuando en 2019 el Ayuntamiento de Yaiza le trasladó un informe en el que instaba la ejecución de aquella sentencia, pero según el Supremo, teniendo en cuenta esta última fecha también habría sobrepasado el plazo.
Los propietarios indican que nunca fueron emplazados de forma debida en el pleito y que por lo tanto no pudieron participar en el mismo, lo que justificaría su falta de legitimación.
El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) anuló en 2007 estas licencias de construcción de hoteles y a continuación se inició el proceso de ejecución.
Los establecimientos tenían que presentar un proyecto para acogerse a los incentivos recogidos en el Plan General de Yaiza de 2014 y luego la corporación local se ha ido pronunciando sobre si se podían conceder o no en cada caso las licencias, según el nuevo proyecto y legislación.
Este proceso se ha alargado durante una década y en la actualidad sólo quedan cuatro establecimientos que no han conseguido su legalización, entre ellos, el hotel en cuestión, al que el 15 de julio de 2024 la corporación local rechazó su solicitud de regulación.
Los propietarios presentaron varios recursos judiciales para intentar dejar sin efecto la sentencia de 2007, como un incidente de nulidad y ahora el de revisión, ambos descartados.
La sentencia obliga a los propietarios a reponer la realidad física alterada a su estado original disponiendo la demolición de todo aquello que no sea posible legalizar según el Plan General.
Los dueños presentaron una propuesta que pasaba por cambiar de uso algunos bungalows y de esta manera rebajar la capacidad alojativa en 32 plazas y ocupar menos espacio, que tampoco fue aceptada por el Ayuntamiento.
Las construcciones que no se reflejaban en el proyecto original eran un lobby bar cerrado, tres pérgolas, un restaurante y otra estancia, todo alrededor de la piscina.
En la misma situación se encuentra un teatro con estructura de lona, una torre de escalada, una pista de tenis, un supermercado, un campo de fútbol con grada, un miniclub y un parque infantil
La Fundación César Manrique impulsó en su momento este proceso judicial y por ello fue ahora citado por el Supremo junto con el Cabildo de Lanzarote y el Ministerio Fiscal para que se personaran en la causa.
La fundación pidió la inadmisión de la demanda dado que se interpuso fuera del plazo de cinco años desde que el fallo devino en firme, al alegar la empresa que se había encontrado un nuevo documento pero sin especificar la fecha.
La Fiscalía hizo la misma petición por la falta de legitimación de los propietarios al no haber sido parte en el procedimiento judicial, incumplirse los plazos y considerar que el motivo alegado no encaja en este tipo de recursos.
El alto tribunal recuerda que el fallo es firme desde 2007 y que por lo tanto ya se ha sobrepasado el período de un lustro fijado para poder presentar un recurso extraordinario de revisión de sentencia.
La entidad, sin embargo, alega que tuvo conocimiento del mismo cuando en 2019 el Ayuntamiento de Yaiza le trasladó un informe en el que instaba la ejecución de aquella sentencia, pero según el Supremo, teniendo en cuenta esta última fecha también habría sobrepasado el plazo.
Los propietarios indican que nunca fueron emplazados de forma debida en el pleito y que por lo tanto no pudieron participar en el mismo, lo que justificaría su falta de legitimación.
El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) anuló en 2007 estas licencias de construcción de hoteles y a continuación se inició el proceso de ejecución.
Los establecimientos tenían que presentar un proyecto para acogerse a los incentivos recogidos en el Plan General de Yaiza de 2014 y luego la corporación local se ha ido pronunciando sobre si se podían conceder o no en cada caso las licencias, según el nuevo proyecto y legislación.
Este proceso se ha alargado durante una década y en la actualidad sólo quedan cuatro establecimientos que no han conseguido su legalización, entre ellos, el hotel en cuestión, al que el 15 de julio de 2024 la corporación local rechazó su solicitud de regulación.
Los propietarios presentaron varios recursos judiciales para intentar dejar sin efecto la sentencia de 2007, como un incidente de nulidad y ahora el de revisión, ambos descartados.
La sentencia obliga a los propietarios a reponer la realidad física alterada a su estado original disponiendo la demolición de todo aquello que no sea posible legalizar según el Plan General.
Los dueños presentaron una propuesta que pasaba por cambiar de uso algunos bungalows y de esta manera rebajar la capacidad alojativa en 32 plazas y ocupar menos espacio, que tampoco fue aceptada por el Ayuntamiento.
Las construcciones que no se reflejaban en el proyecto original eran un lobby bar cerrado, tres pérgolas, un restaurante y otra estancia, todo alrededor de la piscina.
En la misma situación se encuentra un teatro con estructura de lona, una torre de escalada, una pista de tenis, un supermercado, un campo de fútbol con grada, un miniclub y un parque infantil