JUSTICIA

Absuelto el acusado de ser el patrón de una patera que llegó a Tinajo dejando un muerto

Foto: Archivo

La patera llegó el 8 de mayo de 2019 a la playa de los Marisqueos y traía dos fardos con 21,7 kilos de hachís. La Fiscalía solicitaba un total de 14 años y cinco meses de cárcel.

Absuelto el acusado de ser el patrón de una patera que llegó a Tinajo dejando un muerto

La Audiencia Provincial de Las Palmas ha absuelto Abdellatif B., el que fue acusado de ser el patrón de una patera que chocó contra las rocas en Lanzarote, en mayo de 2019 y en el que falleció uno de los ocupantes de la embarcación. La Fiscalía solicitaba un total de 14 años y cinco meses de cárcel. 
 
La Fiscalía le acusaba de un delito contra los derechos de los ciudadanos extranjeros, por lo que pedía ocho años de cárcel, en concurso con un delito de homicidio imprudente, por el que solicitaba otros dos años de prisión, así como un delito contra la salud pública, por el que reclamaba cuatro años y cinco meses de privación de libertad.
 
El juicio se celebró el pasado mes de enero en la Sección Primera de la Audiencia Provincial. La patera llegó en la madrugada del 8 de mayo de 2019 a la playa de los Marisqueos, en Tinajo, y traía dos fardos con 21,7 kilos de hachís, valorados en 34.437 euros en el mercado ilícito, según indica la sentencia de la Audiencia Provincial. Además, en el naufragio falleció una persona, identificada como Said El Mataoui.
 
En la embarcación viajaba el acusado, “sin que conste que actuara de acuerdo y en connivencia con las personas organizadoras del viaje”, subraya la Audiencia Provincial. La única prueba de cargo contra el acusado era la declaración de tres testigos protegidos.
 
La sentencia añade que se apreciaron “contradicciones” entre los testimonios de los testigos protegidos 
 
Por todo esto, la Fiscalía solicitaba 14 años y cinco meses de cárcel por delitos contra los ciudadanos extranjeros y tráfico de drogas. Sin embargo, las pruebas testificales “adolecen de un conjunto de circunstancias que las debilitan”, señala la sentencia, que resalta que la Policía Nacional no efectuó una “ronda de entrevistas” con los demás miembros de la expedición para contrastar las acusaciones. 
 
La sentencia añade que se apreciaron “contradicciones” entre los testimonios de los testigos protegidos en la sede de la Policía Nacional y en el Juzgado de Instrucción, así como entre las versiones que relataron. De esta manera, uno de los testigos protegidos llegó a declarar que llegaron dos personas con trajes de neopreno para ayudar a la patera en la costa, pero que al ver que venía la policía les dejaron allí, “mientras que tales circunstancias se omitieron en su declaración judicial”.
 
La Audiencia resalta “la ardua labor investigadora de la defensa” para que los menores pudieron ser citados a juicio. Según su testimonio, el patrón “llevó todo el tiempo la cara tapada” y “solo se subía la máscara hasta la boca”.  Por otro lado, la sentencia también destaca que el acusado se despertó en el Hospital Doctor José Molina Orosa, por las malas condiciones en las que llegó. Aseguró que le bajó mucho el azúcar y que no recordaba lo sucedido.
 
Así, la Sala concluye que no ha podido alcanzar la "convicción suficiente de la participación del acusado en el delito de favorecimiento del tráfico ilegal de personas con destino a España, y por ende esa falta de convicción se extiende a los delitos de homicidio y contra la salud pública por los que también estaba acusado”.

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