Caso San Ginés

El Juzgado llama a declarar como investigados a todos los administradores concursales de INALSA

Juzgados Arrecife.
Foto: Juzgados Arrecife

La citación se produce tras la declaración de Pedro Martín, el administrador concursal que emitió un informe en 2021 -siete años después de haber cesado en el cargo- manifestando acuerdo con Calatayud para quedarse con el dinero de las costas de INALSA 

El Juzgado llama a declarar como investigados a todos los administradores concursales de INALSA

El Juzgado que instruye el conocido como Caso San Ginés ha citado a declarar como investigados a todos los administradores que intervinieron en el procedimiento concursal de INALSA. Así, el próximo 15 de diciembre, tendrán que declarar Pablo de la Vega Viñambres, Matías Hernández Gil y Juan Luis Ceballos Toledo.

Tal y como señala el instructor en su resolución, se les cita como investigados  con la finalidad de que puedan salvaguardar su derecho de defensa y para que puedan explicar si tuvieron alguna intervención en el supuesto acuerdo al que hizo referencia Pedro Martín Toledo, por el que Ignacio Calatayud no solo cobró los 156.000 euros del presupuesto que se le aceptó como letrado en el concurso de acreedores, sino que también se embolsó el dinero de las costas procesales a favor de INALSA en los incidentes del concurso de acreedores por importe de un millón de euros.

Hay que recordar que tanto San Ginés como Pedro Martín, el administrador ya investigado en este procedimiento, han declarado que la administración concursal acordó con Calatayud que hiciera suyas las costas pero han sido incapaces de aportar ningún documento que respalde tal afirmación.

Al contrario, tras exhaustivas comprobaciones, los investigadores no solo han confirmado que no existe en los registros de INALSA ningún documento que avale ese supuesto acuerdo, sino que el informe firmado por todos los administradores concursales que se presentó al Juzgado Mercantil en abril de 2011 en relación a la contratación de Calatayud en los incidentes del concurso tampoco hace referencia a la existencia de ese acuerdo, sino únicamente al presupuesto que San Ginés aceptó a su amigo para su intervención en el concurso.  

Fuentes conocedoras del caso señalan, además, la improcedencia de tal acuerdo, si existiera, toda vez que en un procedimiento concursal las costas forman parte del patrimonio de la empresa concursada y han de destinarse, de manera inexcusable, al pago de los acreedores, como así lo advirtió en su declaración el testigo y magistrado de lo Mercantil, Juan José Cobo Plana.

La supuesta existencia del acuerdo al que se refirió Pedro Martín Toledo en su declaración para que Calatayud se quedase con el dinero de las costas de INALSA en los incidentes concursales, no solo plantea el problema de que no existe ningún documento que avale su existencia, sino que tampoco existe ninguna designación o contrato del letrado amigo de San Ginés para su intervención en esos incidentes al margen de su designación para el concurso.

Hay que recordar que en el presupuesto de honorarios aceptado por San Ginés al abogado Calatayud el 15 de marzo de 2010 para la defensa de INALSA en la fase común del concurso de acreedores, se excluyeron expresamente los incidentes concursales, pero lo cierto es que con posterioridad a la aceptación de ese presupuesto no se llevó a cabo ninguna designación para que Calatayud se personara en los incidentes, lo cual era necesario al haberse quedado fuera de su contratación para la defensa de INALSA los referidos incidentes.

A ello se suma el hecho, como advirtió el Magistrado experto en derecho Mercantil, Juan José  Cobo Plana, que la fase común la integran precisamente los incidentes concursales, lo que hace que la exclusión de los mismos de los honorarios de aquella sea un auténtico sinsentido, ya que Calatayud habría cobrado por la fase común dos veces.

Por último, en ningún caso podrían intervenir los administradores concursales en los procedimientos del Consorcio Insular del Agua, por tratarse de un ente público que nada tenía que ver con el procedimiento concursal.

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