Tribunales

San Ginés insiste en suspender el juicio de la desaladora porque no existe acusación legitimada

Pedro San Ginés en el juiciio
El expresidente del Cabildo mantiene que el incidente de nulidad se basa en que al no existir acusación no puede celebrarse el juicio
San Ginés insiste en suspender el juicio de la desaladora porque no existe acusación legitimada

El expresidente del Cabildo de Lanzarote, Pedro San Ginés ha vuelto a pedir la suspensión del juicio por la incautación de  la desaladora de Montaña Roja en Playa Blanca por el que se le acusa de presunta prevaricación administrativa al entender que no existe acusación formalmente legitimada. “El incidente sostiene, que habiéndose retirado el querellante tras la resolución de clausura de la planta por parte del Gobierno de Canarias y el acuerdo alcanzado con el Consejo insular de Aguas y el Consorcio para la regularización de la situación, y habiendo solicitado la Fiscalía el archivo de las actuaciones, no existe acusación y, por tanto, en un estado de derecho no puede celebrarse juicio sin acusación”, añade San Ginés. 

La primera de las sesiones del juicio que debía comenzar mañana martes ha sido suspendida hasta que la Audiencia Provincial resuelva el incidente de nulidad. San Ginés recuerda que fue el pasado 19 de abril cuando su defensa presentó un incidente de nulidad y no un incidente de nulidad de actuaciones como transmitieron fuentes judiciales
  
“El incidente de nulidad ante la Sección Sexta de la Audiencia Provincial fue presentado el pasado día 19 de abril por entender mi defensa, tal y como hemos venido sosteniendo desde el primer momento, que no existe acusación formalmente legitimada en el caso que nos ocupa, es decir, que las personas físicas que formularon la acusación nunca se personaron como parte del procedimiento ni existe resolución que les acepte como tales y, por tanto, no son parte del procedimiento”, recalca San Ginés.

El líder de CC indica que el “el incidente sostiene, que habiéndose retirado el querellante tras la resolución de clausura de la planta por parte del Gobierno de Canarias y el acuerdo alcanzado con el Consejo insular de Aguas y el Consorcio para la regularización de la situación, y habiendo solicitado la Fiscalía el archivo de las actuaciones, no existe acusación y, por tanto, en un estado de derecho no puede celebrarse juicio sin acusación”.

San Ginés afirma que “lo que realmente ha ocurrido y puede haber generado el malentendido es que no fue hasta el pasado jueves día 12 de mayo, casi un mes después de haber presentado el referido incidente, cuando la Audiencia Provincial ha emitido providencia, dando audiencia a las partes para pronunciarse, con un plazo que finaliza después de la fecha de señalamiento para el comienzo del juicio”.

El expresidente añade que su defensa “justo el día después de dicha providencia, es decir, el pasado viernes día 13 de mayo e inmediatamente después de conocerlo, solicitó ante el Juzgado de lo Penal nº3 la suspensión del juicio hasta tanto la Audiencia resuelva si procede o no su celebración. Solicitud formulada en lógica consonancia con el criterio ya adoptado en su día por el propio Juzgado, cuando resolvió no señalar fecha para la celebración del juicio, hasta tanto la Audiencia Provincial resolviese un anterior incidente”.
 
 

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