MOVILIDAD | Arrecife

La nueva Ordenanza de Uso del Viario amenaza a muchas terrazas en Arrecife

Para la colocación de terrazas se requerirá una acera de al menos 3,00 metros de ancho manteniendo un espacio libre de paso de 1,80 metros para los peatones.
La nueva Ordenanza de Uso del Viario amenaza a muchas terrazas en Arrecife

Muchas terrazas de los bares, restaurantes y cafeterías existentes hoy día en Arrecife no cumplirían con el borrador de la nueva Ordenanza de Movilidad y Usos del Viario, si esta llegara a aprobarse tal y como está redactada. Esta es, quizá, la mayor novedad que aporta el texto de la citada Ordenanza que se encuentra expuesta al público hasta primeros del mes de junio, para que quien lo desee pueda formular sugerencias y alegaciones. Lo mismo sucede con el Plan de Movilidad Urbana Sostenible de Arrecife (PMUSA). Ambos documentos pueden ser consultados en el portal web del Ayuntamiento https://arrecife.sedelectronica.es. 
Se refunden en una sola las tres ordenanzas que hoy regulan los usos del espacio público viario
 
Los redactores del PMUSA han realizado propuestas de mejora o de nueva redacción de las tres ordenanzas municipales de la ciudad hoy en vigor relativas a la circulación y transporte, acceso a zonas restringidas, vados, utilización del carril bici, bonificaciones fiscales por el uso de vehículos no contaminantes, etc. Lo que hacen es refundir en una sola las tres ordenanzas existentes, orientadas todas ellas a regular los usos del espacio público viario: Ordenanza de Circulación, Ordenanza Municipal Reguladora de la Ocupación de la Vía Pública con Terrazas y Otras Instalaciones, y Ordenanza Municipal Reguladora de las Licencias de Vados y Reservas de Espacios en la Vía Pública a Instancia de Particulares.
 
El objeto de la nueva Ordenanza de Movilidad y Usos del Viario de Arrecife es regular los usos del espacio público viario y, particularmente, la estancia y circulación de vehículos, tanto a motor como no motorizados, así como de peatones, compatibilizando la necesaria calidad ambiental con la fluidez del tráfico, y regular asimismo la realización de otros usos y actividades en las vías urbanas, garantizando la seguridad vial, promoviendo el desarrollo económico y favoreciendo la integración social de las personas con movilidad reducida. En las actuales circunstancias de desescalada de la cuarentena y avance hacia la ‘nueva’ normalidad, resulta particularmente relevante la regulación de las terrazas.   
Terrazas: acera de al menos 3,00 metros de ancho y un espacio de paso de 1,80 metros para los peatones
 
El artículo 49 y siguientes de la Ordenanza se detiene en las terrazas. Se entiende por terraza toda instalación en la vía pública de mesas, sillas, sombrillas y, en su caso, cualquier otro elemento que expresamente se autorice, que esté vinculado a un establecimiento de hostelería. Se establecen tres zonas singulares a efectos de instalación de terrazas: El Charco, la Calle Real y la Plazuela y las calles que desemboquen en ellas, y desde la boca del muelle hasta la zona de la playa de El Reducto. Como es natural, se da preferencia al tránsito peatonal y se exige la preservación del arbolado y la vegetación preexistentes. También habrá de observarse el mantenimiento de la calidad del paisaje urbano y la protección del uso y de los derechos de los usuarios de los edificios colindantes. 
 
Per, lo más relevante quizá sea que los locales con autorización para servicios de hostelería podrán solicitar espacio para la colocación de terrazas, siempre que dispongan de una acera de al menos 3,00 metros de ancho, y resulte viable el mantenimiento de un espacio libre de paso de 1,80 metros para los peatones. Esta va a ser sin duda la norma más polémica, si se mantiene la redacción actual del borrador de la Ordenanza de Movilidad y Usos del Viario de Arrecife. Por otro lado, la ubicación será colindante a fachadas o separada al menos 1,80 metros de ellas. Asimismo, se  detallan las características generales de las mesas y sillas, queda prohibida la exhibición de cualquier tipo de publicidad en el mobiliario, y se concretan los materiales y colores de las sombrillas y las formas y dimensiones de las barandillas indicadoras del recinto y de protección.

La vegetación en la nueva Ordenanza

La Ordenanza de Movilidad y Usos del Viario de Arrecife establece que toda vegetación que se implante en las vías públicas deberá ser adecuada para el espacio donde se coloque, siguiendo el criterio de existencia de espacio suficiente para su correcto desarrollo en toda su vida sin afectar al entorno. Igualmente, no afectará negativamente a la visibilidad, tanto de señalización, como cruces o accesos a glorietas.
 
La altura máxima de vegetación en los 20 metros anteriores a la entrada a un cruce o glorieta será de 80 centímetros, medidos sobre la calzada rodada. Ninguna vegetación podrá invadir el espacio destinado a uso de circulación peatonal o rodada, hasta una altura mínima de 2,50 metros y 4,00 metros respectivamente. La vegetación preexistente que no cumpla, será adaptada progresivamente por parte de la Concejalía de Parques y Jardines en un plazo de seis años.

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