SUCESOS

Denunciada una embarcación por pesca irregular en aguas cercanas a Lanzarote

Se encontraba incumpliendo las normas en lo que respecta a la regulación de artes y modalidades de pesca en las aguas interiores del archipiélago de Canarias.

Denunciada una embarcación por pesca irregular en aguas cercanas a Lanzarote

El Servicio Marítimo Provincial (SMP) de la Guardia Civil de la Comandancia de Las Palmas ha denunciado, el pasado día 19 de abril, a una embarcación de pesca profesional dedicada a la captura de la merluza, por excederse en el número de anzuelos usados para dicha actividad así como por incumplir la señalización e identificación de las artes utilizadas en aguas interiores de Canarias.

La intervención de los agentes del Destacamento Marítimo de Corralejo, a bordo de la patrullera Canal Bocayna, fue posible gracias a las informaciones facilitadas por pescadores de Lanzarote, Fuerteventura y La Graciosa, que habían visto un barco palangrero faenando en aguas interiores de Lanzarote, concretamente al oeste de la isla de la Graciosa .

El número total de anzuelos permitidos a bordo y preparados para su utilización, no podrá ser superior a mil, de los cuales únicamente 500 podrán pescar simultáneamente. La normativa que regula esta práctica también establece los requisitos en materia de señalización, balizamiento o identificación del palangre, debiendo figurar el folio del barco que lo haya calado y el distintivo de su armador.

De esta manera el pasado día 19, los agentes del SMP se dirigieron a inspeccionar el barco sospechoso de infringir la normativa en aguas próximas de Lanzarote. A las 12:30 horas dos miembros de la tripulación se subieron a bordo del barco y hasta las 19:00 horas estuvieron presentes mientras los pescadores recogían los palangres que tenían en el agua, para de esta manera poder contabilizar el número de anzuelos que tenían  pescando. Se comprobó a su vez que tanto el barco como la tripulación cumplían con los requisitos documentales pertinentes. Se denunciaron dos infracciones; una por exceder en el número de anzuelos que se pueden utilizar, ya que tenían en el agua 2460, y otra por incumplir las normas de balizamiento e identificación de los palangres.

Las infracciones graves podrán ser sancionadas con multas desde 301 a 60.000 euros, en virtud del artículo 76.b) de la Ley 17/2003, de 10 de abril, de Pesca de Canarias. Remitiendo los agentes del SMP las denuncias a la autoridad administrativa encargadas de tramitar el correspondiente expediente administrativo sancionador, en este caso a la Viceconsejería de Pesca del Gobierno de Canarias.

Legislación

Real Decreto 154/1986, de 9 de octubre, de regulación de artes y modalidades de pesca en las aguas interiores del Archipiélago Canario, que en su artículo 5 cita que se autoriza el uso del palangre en el ámbito geográfico de las aguas interiores del Archipiélago Canario.

Real Decreto 182/20024, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Pesca de Canarias; que en su artículo 14. E) cita: “cada palangre no podrá estar constituido por más de 500 anzuelos, que estarán distribuidos en una o más brazoladas. La longitud horizontal de la línea  madre no podrá ser superior a 2.000 metros”.

Ley 17/2003, de 10 de abril, de Pesca de Canarias, quien en su artículo 70.5 b) cita entre sus infracciones graves, en lo relativo a las artes, aparejos, útiles, instrumentos y equipos de pesca, la utilización o tenencia en la embarcación de artes en mayor número del autorizado reglamentariamente.

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