Un jurado popular

Declaran culpable al cocinero que degolló a su jefe en Puerto del Carmen en 2019

Restaurante Las Vegas, en Puerto del Carmen, donde ocurrieron los hechos
Restaurante Las Vegas, en Puerto del Carmen, donde ocurrieron los hechos
El Ministerio Fiscal se ha ratificado en su escrito de acusación, en el que pedía 19 años y 6 meses al concurrir la atenuante de anomalía o alteración psíquica, así como al pago de una indemnización de 100.000 euros a la viuda y los tres hijos de la víctima.
Declaran culpable al cocinero que degolló a su jefe en Puerto del Carmen en 2019

Un Jurado de la Audiencia de Las Palmas ha declarado este viernes culpable al cocinero acusado de asesinar de dos cuchilladas en el cuello a su jefe el 1 de agosto de 2019, en Puerto del Carmen.

En la lectura del veredicto final, el Jurado ha considerado probado que Federico E. M. causó intencionadamente la muerte de Rachid B.C. tras acuchillarlo en el cuello cuando la víctima se encontraba desprevenida realizando labores de limpieza.

Según el Jurado, el cocinero, de manera sorpresiva y por la espalda, agarró a la víctima por la frente con su mano izquierda y le cortó el cuello por la parte izquierda con una "mortal incisión".

Tras recibir la primera cuchillada, Rachid pudo salir por su propio pie a la calle y deambuló sin rumbo cierto, tapando la herida con sus manos mientras pedía ayuda.

Sin embargo, el acusado le siguió mientras portaba el cuchillo hasta que, a la altura de un callejón a unos 35 metros del restaurante, le dio otra cuchillada con la que le seccionó la totalidad de la vena yugular, sin posibilidad alguna de defenderse de ninguno de los ataques perpetrados.

Además, los miembros del Jurado también han establecido, en función de los testimonios de los médicos y psicólogos que han intervenido en el juicio, que el acusado actuó en todo momento siendo consciente de lo que hacía, frente a los argumentos de su defensa que alegaban que el cocinero sufría de trastorno límite de personalidad, un cuadro ansioso-depresivo y una amnesia disociativa.

El Jurado sí ha creído probado que en el momento de la acción Federico E. M. padecía trastorno límite de la personalidad y síndrome ansioso depresivo, lo que le limitaba de manera leve su capacidad de juicio y voluntad.

Durante el juicio, el detenido aseguró que no recordaba lo que había ocurrido porque lo vivió "como una película" que le estaba "horrorizando".

Por otro lado el Jurado ha considerado que Federico E. M. no actuó con el deseo de aumentar y prolongar de manera desmedida el dolor de la víctima y, por tanto, no tuvo el objetivo de causarle un sufrimiento insoportable.

Asimismo, y en función de los testimonios aportados, el Jurado no ha considerado probado que la relación con el jefe fuese muy mala y que continuamente le humillase y reprendiese, así como que las condiciones laborales del acusado y el ambiente de trabajo fuesen malos y haya ocasionado al cocinero la pérdida de 20 kilos.

Por todo ello, el Ministerio Fiscal se ha ratificado en su escrito de acusación, en el que pedía 19 años y 6 meses al concurrir la atenuante de anomalía o alteración psíquica, así como al pago de una indemnización de 100.000 euros a la viuda y los tres hijos de la víctima.

La acusación particular, en vista de que no se ha acreditado el ensañamiento, ha modificado su petición y se ha adherido a la de la Fiscalía.

La defensa, por su parte, ha mostrado su desacuerdo con la valoración del Jurado y ha manifestado su intención de recurrir la sentencia

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