Litigios con los bancos

Una desempleada de Lanzarote logra la cancelación de una deuda de 30.000 euros con la Ley de Segunda Oportunidad

Juzgados de arrecife.
El despacho de abogados Canarias Sin Deuda ha llevado a cabo la tramitación que permite a la vecina de Arrecife, madre de un bebé, salir de una espiral de endeudamiento y rehacer su vida
Una desempleada de Lanzarote logra la cancelación de una deuda de 30.000 euros con la Ley de Segunda Oportunidad

Una desempleada de Lanzarote logra la cancelación de una deuda de 30.000 euros gracias a la Ley de Segunda Oportunidad, con el asesoramiento del despacho de abogados, Canarias Sin Deuda. La deudora, A. F. G., se vio envuelta en un estado de insolvencia económica y sobreendeudamiento por la inestabilidad laboral. El impago de sus créditos se volvió una realidad compleja al no poder sostener sus gastos puesto que no percibía más ingresos que la prestación por desempleo. Asimismo, es madre de un bebé de un año y su pareja también se encuentra en situación de desempleo en estos momentos. El equipo de Canarias Sin Deuda, experto en la Ley de Segunda Oportunidad, le ha acompañado y asesorado en todos los trámites para hacer frente al sobreendeudamiento y la incapacidad para afrontarlo.  

Desde 2015, la Ley de Segunda Oportunidad permite a particulares y autónomos pedir y conseguir la liberación de sus deudas y evitar así la entrada en una espiral de endeudamiento que les impedía rehacer sus vidas. Esta ley aún es poco conocida en Canarias, pese a que la situación de endeudamiento ha empeorado para muchas familias a consecuencia de la actual situación económica y las consecuencias de la pandemia.

La Directora Legal de Canarias Sin Deuda, Celenia Gil, explica que “La Ley de Segunda Oportunidad supone para muchas personas y familias en situación de vulnerabilidad, la última posibilidad de salir adelante. En este caso, A.F.G. reunía las condiciones para recurrir a la Ley de Segunda Oportunidad y, finalmente, el Juzgado de Primera Instancia nº1 de Arrecife ha dictado la concesión de la  Exoneración del Pasivo Insatisfecho (EPI), en la modalidad del régimen general el cual ascendía a una deuda de casi 30.000 euros a la que no podía hacer frente”.

Los requisitos para poder recurrir a la Ley de Segunda Oportunidad y tramitar la exoneración de todas las deudas son: demostrar que la persona deudora ha actuado de buena fe; haber procurado un acuerdo extrajudicial previo y que el importe que adeudan no supere los cinco millones de euros.

“Además, en este caso, debido a que A.F.G. no poseía bienes más allá de un vehículo de escaso valor, se concedió que lo mantuviera para su desplazamiento por la isla en su búsqueda de empleo. Precisamente la posibilidad de perder también el coche es uno de los miedos de las personas en esta delicada situación”, afirma  Celenia Gil.

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