TURISMO

Lanzarote cuenta con 6.222 viviendas vacacionales y 27.516 camas

La oferta vacacional conejera y graciosera supone el 19,71% sobre el total del Archipiélago, por lo que dos de cada diez casas vacacionales que se ofertan en Canarias están aquí.
Lanzarote cuenta con 6.222 viviendas vacacionales y 27.516 camas

Lanzarote y La Graciosa cuentan con 6.222 viviendas vacacionales y 27.516 camas, según se desprende del último estudio realizado por el Gobierno regional, denominado ‘El alquiler vacacional en Canarias: demanda, canal y oferta. 2018’. La oferta vacacional conejera y graciosera supone el 19,71% sobre el total del Archipiélago; es decir, dos de cada diez casas vacacionales que se ofertan en las Islas Canarias se encuentran aquí. 
 
Por otro lado, esas 27.516 camas de alquiler vacacional equivalen al 27,73% sobre el total oferta reglada que hay en la isla, y que asciende a 74.077 plazas. En Lanzarote hay casi 43.000 plazas hoteleras y el resto son extrahoteleras. En el conjunto extra hotelero nos encontramos con los apartamentos, villas, casas emblemáticas y/o rurales y viviendas vacacionales. En la actualidad existen 29.031 plazas extrahoteleras, lo que supone un 7,8% menos de las contabilizadas en el año 2010.
 
Una de las razones del auge del alquiler vacacional es el precio. Las islas con mayor precio medio de alquiler de viviendas vacacionales son Lanzarote, con 108,70€ por noche (106,67€ en 2017), seguida de Gran Canaria. El precio medio en Canarias es de 88,44€, unos veinte euros diarios menos. Como es lógico, las tres zonas turísticas, Yaiza, Teguise y Tías, acaparan más del 75% de la oferta insular de alquiler vacacional.
 
La cuota de mercado del ‘Todo Incluido’ es del 30,71%
El objeto del informe antes citado es analizar el fenómeno de la oferta de viviendas vacacionales en Canarias. Incluye la cuantificación pormenorizada de la oferta sobre el territorio, su impacto en el marco de la oferta total de alojamiento, así como la estimación de su impacto económico directo en la economía de las islas. 
 
De los 15,5 millones de turistas que recibió Canarias en 2018, 1,4 millones optaron por alojarse en régimen de alquiler vacacional. Por lo tanto, este segmento disfruta de una cuota de mercado del 10% en el conjunto del Archipiélago, aproximadamente. Estos datos han sido obtenidos de la cuota de mercado que suman Airbnb y Homeaway.
 
Otro aspecto que analiza el informe es el fenómeno del ‘Todo Incluido’. Según el estudio, este segmento ha aumentado en las Islas un 80,26%, desde el año 2010 hasta el año 2017. Entre 2016 y 2017, en un solo año, aumentaron en más de cien mil, al pasar de 4,1 millones de turistas a 4,2 millones Aun así, la cuota de mercado ha bajado al 30,71% del total de la demanda, frente al 32,6% del año anterior. La tercera parte es todo incluido, o, dicho en otros términos, dinero que no circula por el conjunto de la economía canaria.

Nuevo decreto del alquiler vacacional

Hace poco más de un mes que el Gobierno de Canarias hizo entrega del nuevo decreto del alquiler vacacional a los siete cabildos insulares, a los 88 ayuntamientos y a las  asociaciones turísticas de la comunidad autónoma, que podrán ahora estudiar la regulación y presentar sus propuestas y alegaciones.
 
Después de varios varapalos judiciales, la voluntad del Gobierno de Canarias con este nuevo decreto es “garantizar el derecho a la vivienda de todos los ciudadanos y ciudadanas de las Islas, sin por ello demonizar el alquiler vacacional, que se ha comprobado que es un sector que, cuando cumple los requisitos legales y de calidad, impulsa la recaudación de impuestos y la contratación laboral”.
 
Entre otras novedades, se prohíbe alquilar las viviendas protegidas, se refuerzan los requisitos generales para poder destinar una residencia a vivienda vacacional, y se exige a las plataformas digitales la publicación del número de inscripción en el Registro General Turístico de la Comunidad Autónoma que se haya asignado. 
 
También se establece la necesidad de que las personas explotadoras de viviendas vacacionales integradas en edificaciones sometidas a régimen de propiedad horizontal pongan a disposición de la comunidad de propietarios un número de teléfono de atención, en horario 24 horas, a fin de poder comunicar incidencias que se puedan producir y que les afecten.

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