INMIGRACIÓN
Ratifican pena de cárcel para los patrones de un cayuco que llegó en 2023 con 50 migrantes

El barco partió de Mauritania y la travesía duró unos cinco días, durante los cuales se les atribuye a los encausados haber realizado funciones de navegación
El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha ratificado la pena impuesta por la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife, que condenó a tres personas a cuatro años de prisión cada uno por creer probado que ejercieron de patrones de un cayuco que llegó el 13 de diciembre de 2023 a El Hierro con 50 personas a bordo, algunos menores.
La Sala resaltó el hecho de que se trataba de “una frágil embarcación africana de pesca de bajura” de diez metros de largo y dos de ancho que carecía de medios para navegar con la mínima seguridad para realizar cualquier travesía, y tampoco contaba con comida suficiente.
El barco partió de Mauritania y la travesía duró unos cinco días, durante los cuales se les atribuye a los encausados haber realizado funciones de navegación, como el manejo del timón y la fijación del rumbo operando con al menos dos dispositivos GPS, así como del mantenimiento del orden.
En el tramo final del viaje la embarcación tuvo que ser asistida por un barco de Salvamento Marítimo que los trasladó hasta El Hierro, donde arribó sobre las 17:00 horas del citado día.
Los recursos se basaron en infracción de normas y garantías procesales y ausencia en autos de algunos de los atestados policiales y en diligencias, además de haberse incurrido en contradicciones e infracciones en los reconocimientos fotográficos y declaraciones y falta de intérpretes.
La respuesta del TSJC es avalar “la solidez probatoria de la resolución recurrida”, que se fundamenta en varios testimonios de los migrantes, más las declaraciones policiales, tal y como, de forma “detallada y exhaustiva” se recoge en la sentencia de instancia.
La versión alternativa sólo cuenta como soporte probatorio con la propia declaración de los acusados, que no está avalada por indicio alguno, según el fallo judicial.
La condena se basa en una grabación hecha por uno de los migrantes donde aparecen los acusados patroneando la nave, su identificación por el atuendo y el comportamiento como que uno de ellos fumaba mucho.
En principio la Fiscalía solicitó que se le impusieran a cada uno de los tres acusados cinco años de cárcel por un delito contra los derechos de los ciudadanos extranjeros.
Los encausados entraron en prisión provisional desde el momento en el que fueron identificados.
La Sala resaltó el hecho de que se trataba de “una frágil embarcación africana de pesca de bajura” de diez metros de largo y dos de ancho que carecía de medios para navegar con la mínima seguridad para realizar cualquier travesía, y tampoco contaba con comida suficiente.
El barco partió de Mauritania y la travesía duró unos cinco días, durante los cuales se les atribuye a los encausados haber realizado funciones de navegación, como el manejo del timón y la fijación del rumbo operando con al menos dos dispositivos GPS, así como del mantenimiento del orden.
En el tramo final del viaje la embarcación tuvo que ser asistida por un barco de Salvamento Marítimo que los trasladó hasta El Hierro, donde arribó sobre las 17:00 horas del citado día.
Los recursos se basaron en infracción de normas y garantías procesales y ausencia en autos de algunos de los atestados policiales y en diligencias, además de haberse incurrido en contradicciones e infracciones en los reconocimientos fotográficos y declaraciones y falta de intérpretes.
La respuesta del TSJC es avalar “la solidez probatoria de la resolución recurrida”, que se fundamenta en varios testimonios de los migrantes, más las declaraciones policiales, tal y como, de forma “detallada y exhaustiva” se recoge en la sentencia de instancia.
La versión alternativa sólo cuenta como soporte probatorio con la propia declaración de los acusados, que no está avalada por indicio alguno, según el fallo judicial.
La condena se basa en una grabación hecha por uno de los migrantes donde aparecen los acusados patroneando la nave, su identificación por el atuendo y el comportamiento como que uno de ellos fumaba mucho.
En principio la Fiscalía solicitó que se le impusieran a cada uno de los tres acusados cinco años de cárcel por un delito contra los derechos de los ciudadanos extranjeros.
Los encausados entraron en prisión provisional desde el momento en el que fueron identificados.