Caso San Ginés

El ‘Caso San Ginés’ cambia de Juzgado pero respeta la instrucción del magistrado Alonso

Imagen de una rueda de prensa ofrecida por Pedro San Ginés
Imagen de una rueda de prensa ofrecida por Pedro San Ginés

La Audiencia Provincial, que ha tomado la medida, niega a Ignacio Calatayud, sin embargo, la petición del archivo de las actuaciones al apreciar indicios racionales de criminalidad

El ‘Caso San Ginés’ cambia de Juzgado pero respeta la instrucción del magistrado Alonso

La Audiencia Provincial de Las Palmas ha estimado, en parte, el recurso del investigado Ignacio Calatayud, abogado que saltó a la fama por su amistad con el ex presidente del Cabildo, Pedro San Ginés, que le hizo millonario, y resuelve, mediante un auto, que el Juzgado competente para la instrucción del conocido como Caso San Ginés es el Juzgado de Instrucción número 4 de Arrecife, cuyo titular es el controvertido juez Ricardo Fiestras.

Como se recordará, la instrucción ha sido dirigida, hasta la fecha, por el magistrado Jerónimo Alonso, uno de los que goza de mayor crédito en el Palacio de Justicia de Arrecife.

En un auto cuyo ponente ha sido el magistrado Carlos Vielba, se fundamenta que las denuncias interpuestas por el Consorcio del Agua e Insular de Aguas de Lanzarote, S.A. (INALSA) vienen referidas a los hechos que ya había investigado Fiestras con anterioridad, en una pieza separada que se originó como consecuencia de la incautación ilegal de la planta potabilizadora de Montaña Roja.

En esa pieza separada, que nació a comienzos de 2016, se investigaba la contratación de Ignacio Calatayud por parte de Pedro San Ginés a través del Consejo Insular de Aguas, un organismo dependiente del Cabildo que, sin embargo, nada tiene que ver con el Consorcio del Agua o con INALSA.

El magistrado sostiene en su Auto que los hechos enjuiciados son los mismos debido a que, en la instrucción de la pieza separada, se solicitó al Cabildo que aportara los contratos existentes en favor de Ignacio Calatayud suscritos por el propio Cabildo o sus organismos dependientes.

Malabarismo en toga

Fuentes conocedoras del caso entienden que los argumentos que presenta el magistrado Vielba son, como mínimo, “forzados” ya que se considera que las denuncias interpuestas por el Consorcio del Agua e INALSA se refieren, precisamente, a que Ignacio Calatayud se personó en los incidentes concursales sin haber sido contratado por ambas entidades, sin más cobertura que un supuesto acuerdo verbal con San Ginés y uno de los interventores judiciales, imputado también en esta causa.

En todo caso, dicen las fuentes, resulta fácilmente apreciable que Fiestras no pudo investigar en 2016 unos contratos verbales de los que no tenían conocimiento los órganos de gobierno de las entidades afectadas y de los que no existía rastro documental alguno.

El Auto de Vielba, además, ha provocado un giro inesperado al poner de manifiesto que en febrero de 2021 la Audiencia ordenó al juez Ricardo Fiestras que incoara procedimiento abreviado por la pieza separada referida a las contrataciones de Ignacio Calatayud con el Consejo Insular de Aguas, como paso previo a la celebración del Juicio Oral.

Fiestras hizo caso omiso de esta orden de la Audiencia y en contra de lo dispuesto por el mencionado Auto procedió a archivar el procedimiento que ahora, tras la decisión de la Audiencia tendrá que reabrir. De paso, el juez se lleva una severa reprimenda del ponente Carlos Vielba, cuando se afirma que su decisión de que se iniciara el procedimiento abreviado «se trataba de una orden y no una recomendación».

La gravedad de este proceder se refuerza al considerar que Fiestras, además de actuar en contra de lo ordenado por la Audiencia, ocultó el referido Auto ya que no fue trasladado ni al Consejo Insular de Aguas, ni al Cabildo ni a ninguno de sus organismos dependientes los cuales, siguiendo la tesis de Vielba, serían parte del procedimiento.

Tirones de orejas al nuevo instructor

El proceder del juez Ricardo Fiestras no solo se lleva la colleja dialéctica del magistrado Vielba. El propio Ministerio Fiscal, en la pieza separada de la contratación de Calatayud por el Consejo Insular de Aguas, le ha reprochado hasta en dos ocasiones, y por escrito, en apenas un par de meses: noviembre de 2020 y enero de 2021.

En ellos, la Fiscalía reprocha al juez Fiestras su inactividad durante cuatro años en los que ni siquiera tomó declaración a las personas investigadas al tiempo que demoró durante más de dos años la remisión a la Audiencia Provincial de varios recursos de apelación.

Nada de archivar el Caso San Ginés

Ignacio Calatayud, el letrado amigo de San Ginés, solicitaba la anulación del procedimiento por haber sido instruido por un juez no competente vulnerando su derecho de defensa como consecuencia del secreto de las actuaciones, así como por tratarse de una investigación prospectiva basada en el mero capricho del juez.

Sin embargo, el auto de la Audiencia Provincial desestima por completo esta petición y recuerda que se ha acreditado que Calatayud fue contratado sin el amparo de ningún acuerdo o resolución, estando prohibida la contratación verbal en las administraciones públicas.

Comentarios